Dos deudores bancarios «no morosos» se presentaron ayer ante la Justicia para reclamar que se los autorice a saldar sus compromisos con las entidades crediticias con títulos públicos, tal como se les permite a quienes registran más de seis meses de atrasos en sus obligaciones.
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Fuentes judiciales precisaron que ambos amparos -con medidas cautelaresfueron planteados ante los jueces en lo contencioso administrativo federal Liliana Heiland y Ernesto Marinelli. En los fundamentos del reclamo, los ahorristas señalaron que a los deudores considerados incobrables se les brinda la posibilidad de saldar sus obligaciones a través de bonos del Estado, que en el mercado cotizan a 30% de su valor, pero que los bancos toman a 100%.
Sin embargo, a quienes sólo acumularon pequeños retrasos en sus cancelaciones, o están al día con las entidades crediticias, no se les permite aprovechar esa diferencia entre el valor nominal y el de mercado.
Los denunciantes sostuvieron que «esto constituye una distinción discriminatoria y desigual entre los ciudadanos», ya que quienes cumplieron con sus obligaciones se ven perjudicados con respecto a los que acumularon atrasos de más de 180 días.
La modalidad de pago objetada está contemplada en la Resolución General número 1.178 de la Administración General de Ingresos Públicos.
«El sistema así planteado vulnera el derecho constitucional de igualdad de las partes ante la ley, toda vez que aquellos ciudadanos que han cumplido con sus cuotas y no resultan incobrables, morosos o inhabilitados no tienen la posibilidad de acceder a esta forma más económica de pago», manifestaron los denunciantes.
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