5 de abril 2006 - 00:00

Otro fallo judicial complica a empresas

Carlos Tomada
Carlos Tomada
La Cámara del Trabajo condenó a Metrovías a indemnizar a una empleada de una firma que prestaba servicios de vigilancia en esa empresa y que se consideró despedida luego de que su empleador directo no le pagara el salario argumentando ausencias injustificadas.

Se trata de un nuevo fallo que extiende la responsabilidad a una empresa principal por el incumplimiento de las obligaciones laborales de una firma subcontratada. Y es una consecuencia directa de aquel fallo «Ramírez» que en febrero abrió las puertas para que empleados despedidos inicien acciones directamente contra la empresa principal que terceriza sus servicios. Encontró el silencio cómplice del Ministerio de Trabajo que conduce Carlos Tomada.

En este caso, la acción judicial-fue promovida por una empleada de Organización Fiel SA que prestaba servicios de vigilancia en la concesionaria de los subterráneos porteños. La Justicia de primera instancia rechazó la acción de la empleada, quien responsabilizó de su despido a su empleadora y solidariamente a Metrovías.

  • Revocación

  • Pero cuando el caso llegó a la Cámara Laboral, sus miembros revocaron ese pronunciamiento. Sostuvieron que Metrovías era responsable del despido, en el marco del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, que rige la tercerización en materia laboral.

    Para el tribunal, la empleada desempeñaba sus tareas de control de evasión de pasajes y de asistencia al público en forma íntegra en las instalaciones del subterráneo metropolitano, por lo que esa actividad resultaba «necesaria y coadyuvante» para el adecuado cumplimiento del objeto específico y propio de Metrovías.

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