Sancionan a banco por no reportar operaciones de compra de divisas
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"La Dirección de Análisis de esta Unidad se pronunció respecto de la capacidad económica del cliente concluyendo que las operaciones en cuestión de compra de divisas no guardarían relación con su perfil, puesto que no se encuentra inscripto en la AFIP en una actividad económica, ni tampoco se encuentran declaraciones juradas como trabajador en actividad en relación de dependencia desde 1980 a la fecha en que realizó las operaciones en cuestión", señaló el organismo.
Agregó que "no se puede conocer cuáles fueron las actividades que originaron dichos fondos, y si las mismas fueron lícitas o no por lo tanto no tendría un perfil económico-financiero que pueda justificar las operaciones de cambio en el período comprendido".
"Se concluyó el sumario sin que los sumariados pudieran explicar la omisión del reporte, por ello se encontró responsabilidad en cabeza del sujeto obligado, los directores y el oficial de cumplimiento", afirmó la UIF.
La multa fue impuesta mediante resolución 43/14 de fecha 30 de enero de 2014.




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