La crisis económica dejó una paradójica enseñanza en el negocio asegurador: quienes respetaron la normativa de inversiones perdieron y perjudicaron a sus clientes. Por ello la Superintendencia de Seguros se apresta a modificar la normativa de inversiones del sector, poniendo el acento en una mayor desregulación de la política de inversiones y restringiendo las operaciones con las empresas vinculadas.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
«Por haber cumplido con las normas, varias aseguradoras perdieron, resultando ser paradójicamente irresponsables en el manejo de las inversiones», sostuvo Claudio Moroni, titular de la Superintendencia en diálogo con este diario. «Queremos cambiar el modelo de límites de inversiones por porcentajes hacia uno en donde la compañía establezca un manual de política de inversiones sobre la base de principios básicos. Es decir, pasar de un sistema regulado por topes máximos y mínimos hacia uno desregulado con mayor responsabilidad del directorio», agregó.
Para el sector asegurador el cambio de normativa «limpia de responsabilidad al organismo fiscalizador, pero reconocen que los lineamientos son coherentes con la realidad del mercado.
«La eliminación de máximos y mínimos por un esquema de mayor control de la compañía sirve más a las aseguradoras de vida y de retiro que a las que operan en patrimoniales», explica un ejecutivo referente del mercado. Como uno de los cambios implica un flujo mayor de información y reportes hacia la Superintendencia, las compañías patrimoniales han mostrado su descontento. Quizá las más congraciadas con los cambios son las de vida y retiro donde las inversiones son clave en la génesis del negocio. Porque ahora podrán calzar sus productos financieros con las inversiones. Por ejemplo, hay compañías que venden seguros donde capitalizan los ahorros en un fondo de inversión especializado en algún mercado o instrumento (bonos, acciones o plazos fijos). Ahora podrán invertir de acuerdo al tipo de fondo que comercializan y no restringirse a un menú regulado. El cambio que se avecina apunta a que las aseguradoras manejen sus inversiones al estilo de un fondo de pensión, donde haya un manual de Normas de Política y Procedimientos de Inversiones bajo la responsabilidad del directorio de la compañía. En cuanto a las inversiones existentes a la fecha de entrada en vigencia de la resolución que como consecuencia del nuevo régimen no encuadren en las normas deberán regularizarse en un plazo máximo de 60 meses. Para ello presentarán a la Superintendencia sus estados contables al 30 de junio de 2003 y un plan de regularización de estos excesos.
Las nuevas colocaciones deberán tenerse estrictamente en cuenta los saldos actuales a los efectos de no exceder los límites contemplados en las normas.
Las normas tendrán en cuenta la naturaleza de las obligaciones y la moneda en que fueron asumidas, los plazos de exigibilidad y el nivel de liquidez. Determinarán los activos exigibles para realizar colocaciones y la proporcionalidad que deberán guardar los máximos de inversión por tipo y especie. Se tendrá en cuenta el patrimonio neto de la aseguradora, del banco que recibe depósitos y de las empresas que emiten deuda.
Sólo se permitirán inversiones en empresas vinculadas, controladas, controlantes o pertenecientes al mismo grupo económico hasta 20% del capital a acreditar, o 20% del total de las inversiones, el mayor.
Las normas deberán estipular que el total de inversiones en el exterior no podrá exceder 50% del capital a acreditar.
Al respecto la Superintendencia no podrá autorizar excepciones a este límite.
Para las inversiones locales se exigirá como mínimo una calificación de riesgo de «BBB».
Otro tema hurticante es el de la custodia de las inversiones. Las aseguradoras les deben hacer saber a los bancos que están obligados a dar información a la Superintendencia.
Dejá tu comentario