21 de diciembre 2000 - 00:00

Senado convirtió en ley polémico impuesto a los plazos fijos de empresas

Desde el primer día de enero los plazos fijos de las empresas y otras colocaciones financieras pagarán impuestos. La renta que las empresas -no el público- reciban por colocar su dinero a plazo o por comprar obligaciones negociables, que también pagan intereses, deberá pagar el Impuesto a las Ganancias. De esta manera, se vuelve a alentar prestarle dinero al Estado, porque sus títulos públicos seguirán exentos. El gobierno está diciendo: "Señores, es mejor que me presten la plata a mí, que no pagan impuestos, y no que la depositen en un banco o suscriban títulos de empresas privadas, aunque usen ese dinero para mejorar la producción o generar empleo". Otra contradicción de un gobierno que reclama inversiones privadas y castiga al que invierte en ese sector. Para mostrarla como una medida "popular", el Senado también convirtió ayer en ley la posibilidad de que el público pueda desgravar del Impuesto a las Ganancias los intereses que paga por los créditos hipotecarios. La ley, a su vez, elimina progresivamente el impuesto a los intereses que pagan las empresas por los créditos que toman.

El Senado convirtió ayer en ey el proyecto que grava con el Impuesto a las Ganancias a los plazos fijos y colocaciones financieras de las empresas -como las Obligaciones Negociables- y al mismo tiempo elimina definitivamente- aunque en forma progresiva- el impuesto sobre los intereses pagados y costo del endeudamiento empresario.

El proyecto, al mismo tiempo, permite computar a cuenta del pago de Ganancias las cuotas de créditos hipotecarios tomados para compra de vivienda nueva hasta un monto de $ 4.000 anuales. El nuevo régimen de Ganancias para las colocaciones de empresas comenzará a regir desde el próximo 1 de enero. La eliminación del impuesto a los intereses y su sustitución por la aplicación de Ganancias sobre la renta financiera de empresas, anunciado en parte por Fernando de la Rúa en Mar del Plata cuando el gobierno lanzó el último paquete de medidas, significa en realidad devolver la situación a octubre de 1998, antes de la reforma tributaria elaborada por Roque Fernández cuando no existía el impuesto sobre los préstamos tomados por las empresas. Esta es la explicación que sostiene el equipo económico para justificar el impuesto sobre los plazo fijos empresariales.

El impuesto es considerado inoportuno por los expertos porque llega en un momento delicado para una Argentina que necesita recomponer la confianza de los inversores.

Efecto negativo

José Luis Machinea argumenta que el cambio en lugar de provocar un perjuicio a las empresas va a traer un efecto fiscal negativo para el Estado. Durante el último año, el Tesoro recaudó casi $ 700 millones por el impuesto sobre los intereses. El cálculo que se hace ahora es que gravar con Ganancias las colocaciones financieras no podrá sustituir ese monto y que la diferencia será a favor de las empresas en unos $ 100 millones.

Infidencia


La historia reciente de la eliminación de la exención en Ganancias para plazo fijo y Obligaciones Negociables comenzó a principios de este año cuando Juan Carlos Gómez Sabaini, subsecretario de Política Tributaria, cometió la infidencia de revelar en un semi-nario organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que el gobierno analizaba gravar los plazos fijos.

El mercado reaccionó mal en ese momento y Economía debió salir a desmentir la idea. Ese acto no alcanzó para calmar al sector financiero al lí-mite que un mes después el gobierno lanzaba el primer paquete de ajuste del año para restaurar la confianza. Desde ese momento el tema se volvió a comentar sólo en reuniones reservadas.

Hace dos meses De la Rúa viajó a Mar del Plata para disertar en el Coloquio de IDEA. Allí se anunció un paquete de medidas, donde se incluyó la eliminación del impuesto sobre los intereses pagados por las empresas. Este anuncio se sumó a un proyecto, que ya había convertido en ley, por el que se reducía la alícuota de ese tributo primero en 5 puntos a partir del 1 de enero de 2001 y otros 2 puntos desde julio del mismo año.

Sorprendidos

La decisión de De la Rúa implicaba acelerar la reducción de la alícuota hasta eliminarla y cumplir así con uno de los pedidos más fuertes de las empresas que protestaron contra ese impuesto desde su creación. Pero cuando el proyecto de ley respectivo llegó al Congreso muchos se sorprendieron descubriendo que, al tiempo que se eliminaba el impuesto a los intereses, se volvía con la idea de gravar los plazo fijos y colocaciones financieras. Sólo que en esta ocasión el revuelo fue mucho menor y Diputados no vaciló un momento en sancionarlo.

Además, la misma sesión, los senadores devolvieron a Diputados con cambios el proyecto que reglamenta un régimen de reintegro del IVA a los turistas extranjeros, no sólo por los bienes adquiridos en el país y luego exportados, sino también el que pagan por el servicio de hotelería. Este último beneficio regirá sólo para las provincias limítrofes. Es decir, devolverán a los turistas el IVA sobre sus facturas hoteleras en Catamarca, Formosa, Entre Ríos, San Juan, Santa Cruz, Misiones, Corrientes, Salta, La Rioja, Chubut, Jujuy, Neuquén, Mendoza, Río Negro y Chaco. Desde enero de 2003 el Estado deberá extender el beneficio al resto de las provincias.

Reglamentación

De todas formas el gobierno, una vez aprobado por Diputados, debe reglamentar todavía la forma en que el impuesto pagado les será devuelto a los turistas.

En el mundo existen hoy varios sistemas para hacerlos. España, por ejemplo, acredita el tributo pagado por compras en la tarjeta de crédito del viajero una vez que se constata que el producto salió de sus fronteras, cosa que se realiza a través de un certificado. Sudáfrica utiliza un sistema más simple por el que entrega un cheque en el aeropuerto al turista que se cobra en ventanilla antes de subir al avión. Otros países europeos acreditan los reintegros en las cuentas de cada país de destino de los turistas, sistema que funciona a la perfección.



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