26 de abril 2018 - 00:00

Oficializan reintegros a usuarios por cortes de luz

En medio del malestar de los consumidores por las facturas de luz que se están recibiendo con los aumentos de tarifas de diciembre y febrero acumulados, y de las críticas por falta de controles, el Ente Nacional Regulador Eléctrico (ENRE) oficializó ayer las compensaciones que deberán percibir los usuarios residenciales por los cortes de luz de Edenor y Edesur en el semestre marzo-agosto de 2017.

La medida había sido anticipada en la primera quincena de marzo en un informe del propio organismo que estimó en unos $192 millones los resarcimientos a pagar, y ayer se publicaron las resoluciones en el Boletín Oficial. Las penalizaciones corresponden al primer semestre posterior a la renegociación tarifaria integral que está vigente desde febrero de 2017, y significó en total una mejora del 140% en los ingresos de las dos distribuidoras.

Según las normas, Edenor y Edesur deberán compensar a los hogares por las interrupciones que duraron 20 o más horas. En el caso de Edenor, los cortes se verificaron entre el 8 y el 12 de abril de 2017, entre el 28 de mayo y el 12 de junio y entre el 17 y el 22 de junio. Y en Edesur entre el 1 y el 6 de marzo y entre el 14 y el 20 de julio.

El ENRE afirmó que por haberse registrado en esos casos más de 70.000 domicilios afectados, se configuró una "afectación extraordinaria de la prestación del servicio". Para las interrupciones de entre 20 y hasta 24 horas el resarcimiento será de $630, para las que duraron entre 24 y 48 horas la compensación será de $1.050, y para los cortes que se prolongaron más de 48 horas, el monto a reintegrar será de $1.470. Estas compensaciones son independientes de los reclamos o acciones que realicen los consumidores por los perjuicios específicos sufridos por los cortes.

Los resarcimientos se deberán descontar de la factura a emitir por las distribuidoras dentro de los 20 días hábiles luego de ser notificadas, y en caso de quedar un saldo, se aplicará el descuento en la boleta siguiente. Las empresas quedan obligadas a cumplir con la medida aun cuando presenten recursos de reconsideración en sede administrativa o judicial, y si no cumplen en el plazo previsto, se les aplicará una multa con destino al Tesoro nacional.

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