29 de noviembre 2001 - 00:00
Alegría parcial por Mecenazgo
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La intimidad como territorio de descubrimiento
La noticia de la sanción de la Ley de Mecenazgo, que no figuraba en el temario y fue incluida por Brandoni, generó sin embargo algunas críticas. En especial de quienes trabajaron durante estos últimos meses en el Senado para modificar algunos aspectos que, consideran, redundarían en beneficios para el sector.
La ley, según se propone, tiene como objetivo estimular e incentivar la participación privada en la financiación de proyectos culturales a través de beneficios impositivos, ya que se podrá deducir hasta un cinco por ciento de la ganancia neta del ejercicio fiscal las sumas que se hayan destinado a donaciones o patrocinios de la actividad cultural.
La actividad destinataria del aporte de los particulares comprende al teatro, danza, circo, ópera, mímica y afines; la actividad audiovisual, incluyendo el lanzamiento y la difusión de las películas nacionales en el territorio argentino; la actividad fotográfica; la producción discográfica y afines; literatura y producción editorial; música; artes plásticas y artes gráficas; folklore y artesanías; radio y televisión educativas y/o culturales de carácter no comercial; patrimonio cultural, histórico, urbano, rural, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, bibliotecas, museos, archivos, centros documentales y demás acervos.
El Secretario de Cultura Darío Lopérfido manifestó que «es un instrumento irremplazable e imprescindible para crear condiciones propicias para el desarrollo de las actividades y proyectos culturales en el país», y la comparó con las existentes en Brasil o Chile, que ya la tienen desde hace años.




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