Según una disposición del BCRA, las fintech o proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) no podrán realizar ni facilitar a sus clientes las operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos, que no se encuentren regulados por la autoridad nacional competente.
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Tras la nueva medida del BCRA, las fintech ya no podrán ofrecer a sus clientes realizar operaciones con criptomonedas ni poseer instrumentos que estén atados a la cotización cripto.
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Billetera virtual
Según el especialista en temas fintech, Maximiliano Firtman, algunas de las empresas en las que recae esta nueva normativa son: Ualá, Mercado Pago -hoy no ofrece criptos en Argentina, sí en otros países-, Personal Pay, DolarApp, Nubi, MODO, Pomelo y Prex. Esta es la lista completa.
De esta forma, el Banco Central prohíbe que las fintech registradas como proveedores de servicio de pago realicen oferta de criptomonedas directa o indirectamente desde las interfaces de sus apps.
Ante esto, la ONG Bitcoin emitió un comunicado donde sostuvieron que "la medida es sorpresiva e inconsulta. No se comprende qué objetivo busca el BCRA prohibiendo una actividad que hoy es enteramente satisfactoria y útil para los clientes de los exchanges locales".
La norma dispuesta por el BCRA, según se anunció, busca equiparar las reglas que los PSPCP y las entidades financieras deben cumplir. Estas últimas ya cuentan con una restricción de igual tenor desde mayo de 2022, difundida a través de la Comunicación A 7506.
En mayo de 2021, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.



