La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, tiene más de 500 servicios web que permiten realizar distintas operaciones, como solicitar el alta de actividades o impuestos y presentar declaraciones juradas. Te contamos cómo adherirte.
9 de febrero 2022 - 14:49
Cómo adherir servicios de AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos permite realizar el trámite mediante la clave fiscal. Y así solicitar el alta de actividades o impuestos y presentar declaraciones juradas, entre otras operaciones.
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AFIP.
Cómo adherir servicios de AFIP
Los contribuyentes pueden adherirse con CUIT, CUIL o CDI y clave fiscal. Para ello, seguí estos pasos:
- Ingresa con tu clave fiscal a la pagina web de AFIP y allí accede a la solapa Servicios.
- Desde allí, busca el servicio que necesitas y agrégalo.
- Si al iniciar, buscas el portal anterior, ingresa a Administrador de Relaciones de clave fiscal.
- Luego selecciona Adherir servicio y elegí el organismo.
- Busca el servicio, verifica que los datos sean correctos y, por último, confirma la adhesión.
Deudas AFIP: cómo solicitar la condonación y a quiénes está dirigida
Para generar una solicitud de condonación de deudas, deberás tener en cuenta los siguientes pasos:
- Ingresa con CUIT y clave fiscal al servicio “Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653”.
- En la tarjeta “Nueva solicitud de condonación” presiona el botón INICIAR.
- El sistema mostrará el importe total de la deuda que tengas al 31 de agosto de 2021 y el detalle de las obligaciones por las que se haya generado. Deberás verificarlas y presionar CONFIRMAR. En caso de notar alguna inconsistencia podrás manifestar la disconformidad.
- Una vez aceptado el envío de la solicitud podrás descargar la constancia. Si no la descargaste al momento de finalizar el trámite, vas a poder obtenerla volviendo a ingresar al servicio “Condonación de Deudas - Título I - Ley 27.653”, en la opción “Mis solicitudes presentadas”.
En caso de presentar disconformidad sobre la deuda que se visualiza, la misma debe efectuarse a través de Presentaciones Digitales.
El trámite está dirigido a tres grupos específicos que además deben cumplir con ciertos requisitos:
- Entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias:
- Entidades religiosas.
- Cooperativas de trabajo y escolares.
- Entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
- Bibliotecas populares y clubes de barrio.
- Entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, literarias y artísticas.
- Organizaciones y asociaciones sin fines de lucro de pueblos originarios o relacionadas con el fomento rural.
- Micro y pequeñas empresas, cuyas deudas al 31 de agosto de 2021 sean inferiores a $100.000.
- Personas humanas y sucesiones indivisas considerados “Pequeños contribuyentes”, cuyas deudas al 31 de agosto de 2021 sean inferiores a $100.000.
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