El Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) precisó el alcance de la resolución que aprobó los costos para la facturación de los estudios realizados por el Laboratorio Nacional de Inmunogenética en el marco de los procesos de procuración y trasplante de órganos, tejidos y células.
El INCUCAI precisó en qué casos cobrará los estudios de histocompatibilidad del Laboratorio Nacional de Inmunogenética
El organismo aclaró el alcance de una resolución publicada un día antes y estableció que la facturación se aplicará únicamente en situaciones de urgencia o emergencia y para estudios de alta complejidad solicitados por entidades. El resto de las prestaciones continuará bajo el régimen vigente.
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La facturación procederá únicamente en los casos de urgencia o emergencia.
La medida fue oficializada este miércoles mediante la Resolución 236/2026, publicada en el Boletín Oficial, y modifica la Resolución 235/2026, dictada el día anterior, con el objetivo de aclarar en qué situaciones corresponderá facturar las prestaciones realizadas por el laboratorio.
Según la norma, la facturación procederá únicamente en los casos de urgencia o emergencia de pacientes que requieran estudios de histocompatibilidad y cuando se realicen estudios de alta complejidad a pedido de las entidades que los soliciten.
La resolución también establece que en todos los demás casos, la realización de los estudios continuará rigiéndose por el régimen aplicable conforme a la normativa vigente, sin introducir modificaciones sobre ese esquema.
En los considerandos, el INCUCAI señaló que la aclaración resulta necesaria para precisar los alcances de la resolución anterior, que había aprobado los costos de los estudios efectuados por el Laboratorio Nacional de Inmunogenética.
La medida fue aprobada por el Directorio del organismo durante la reunión celebrada el 30 de junio y lleva las firmas de las autoridades Gabriela Hidalgo y Richard Malan.
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