El Gobierno nacional eliminó el Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia que se encargaba de subsidiar parte de los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantes y pacientes oncológicos.
¿Fin a los pasajes gratuitos para personas con discapacidad? Qué cambia en los viajes de larga distancia
A través de la Resolución 28/2026, el Gobierno nacional determinó que las empresas privadas deberán asumir el costo total de los boletos sin cargo.
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Las personas con CUD, credencial INCUCAI y pacientes oncológicos continuarán con el beneficio de los pasajes gratis.
La medida fue oficializada a través de una resolución de la Secretaría de Transporte y modifica la forma en que se financia este beneficio en todo el país: a partir de ahora, las compañías deberán hacerse cargo del costo total de los boletos sin recibir apoyo estatal.
Sin embargo, el derecho a viajar gratis continúa vigente para los grupos alcanzados por las leyes actuales, como los que tienen el Certificado Único de Discapacidad (CUD) o la credencial INCUCAI.
El cambio forma parte del proceso de desregulación del transporte de larga distancia impulsado por el Ejecutivo, que sostiene que las condiciones económicas bajo las cuales se creó el régimen “han sido superadas”.
Quita de subsidio a empresas de transporte de larga distancia
El sistema estaba vigente desde 2018 y funcionaba como una ayuda económica para las empresas que debían cumplir con las leyes que garantizan pasajes sin cargo a determinados grupos de usuarios.
Con la publicación de la Resolución 28/2026 en el Boletín Oficial, la Secretaría de Transporte estableció: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674″.
Desde este momento, las compañías deberán seguir entregando los boletos gratuitos establecidos por ley, pero sin recibir compensaciones económicas por parte del Estado.
El Gobierno justificó la decisión señalando que el transporte de larga distancia atraviesa actualmente un proceso de desregulación, que comenzó con el Decreto 883/2024, que modificó las condiciones originales bajo las cuales se habían implementado los subsidios.
Entre los argumentos oficiales aparece la flexibilización del mercado, que permite a las empresas definir recorridos, tarifas, horarios y modalidades de servicio con mayor libertad.
Según explicaron desde el área de Transporte, el objetivo es reducir la intervención estatal directa en el sector y trasladar los costos operativos a las compañías privadas. De todos modos, la normativa aclara expresamente que las empresas continúan obligadas a garantizar los pasajes gratuitos.
La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será el organismo encargado de controlar que se cumpla la normativa. Además, el Ejecutivo incorporó una cláusula transitoria para mantener la validez de trámites y solicitudes iniciadas antes de la entrada en vigencia de la resolución.
¿Las personas con discapacidad dejan de viajar gratis?
A pesar de las versiones iniciales y la preocupación que generó la eliminación del subsidio estatal, el Gobierno aclaró que ninguna de las personas alcanzadas por las leyes actuales perderá el derecho a viajar sin costo en micros de larga distancia.
“El derecho de los usuarios a viajar sin costo permanece plenamente vigente y exigible”, señaló el texto.
De esta manera, lo que desaparece no es el pasaje gratuito, sino el mecanismo mediante el cual el Estado financiaba parcialmente esos boletos a las empresas de transporte. Ahora serán las compañías las que deberán asumir completamente ese costo operativo.
Sin embargo, algunas asociaciones advierten que podrían aparecer mayores dificultades para conseguir disponibilidad de pasajes, especialmente en fechas de alta demanda turística o durante fines de semana largos.
Por ese motivo, recomiendan realizar las reservas con anticipación y conservar toda la documentación correspondiente al momento de solicitar el ticket.
La normativa también ratifica que las empresas no pueden negar el beneficio por la eliminación del subsidio estatal. En caso de incumplimientos, los usuarios podrán realizar denuncias ante la CNRT.
Para acceder, continúa siendo obligatorio presentar DNI y la documentación que acredite la condición del titular, ya sea el CUD o la credencial correspondiente emitida por INCUCAI.
Quienes mantienen la cobertura del 100% en viajes de larga distancia
El beneficio de pasajes gratuitos en micros de larga distancia seguirá vigente para todas las personas alcanzadas por las leyes nacionales de discapacidad, trasplantes y protección integral de pacientes oncológicos.
Entre quienes conservan la cobertura total aparecen las personas con CUD, pacientes trasplantados, quienes se encuentren en lista de espera del INCUCAI y niños, niñas y adolescentes con tratamiento oncológico.
Para solicitar los pasajes existen dos modalidades. La primera es online, a través del Sistema de Solicitud de Pasajes de la CNRT, donde el usuario debe completar sus datos personales y cargar la documentación requerida. Luego, la empresa de transporte tiene la obligación de emitir el boleto reservado hasta 48 horas antes de la salida del servicio.
Si el pasajero cuenta con certificado de discapacidad (no CUD) debe tener el alta como persona usuaria de la plataforma.
La segunda opción es realizar el trámite de manera presencial en las boleterías de las compañías. El pasajero o su representante legal debe presentarse con DNI y certificado correspondiente al menos dos días antes del viaje.
En el caso de las personas que poseen credencial INCUCAI, la normativa permite solicitar el pasaje incluso el mismo día.
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