20 de marzo 2023 - 09:00

Inquilino o propietario: ¿a quién le corresponde pagar el ABL?

A partir del cambio en la Ley de alquileres, muchos locatarios tienen la duda de si les corresponde o no el pago del impuesto inmobiliario. Conocé la respuesta.

Alquileres.

Alquileres.

El impuesto Inmobiliario Alumbrado Barrido y Limpieza (ABL) se aplica a todos los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), sin importar la zona en la que se encuentre.

El ente correspondiente de la administración de este recurso impositivo es el área de rentas del gobierno de CABA, que está dentro de la órbita del elemento recaudador de la ciudad, conocida como la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

A partir de la entrada en vigencia de la nueva ley de alquileres en julio de 2020, se generaron cambios en la relación entre propietarios e inquilinos, siendo uno de ellos el pago de la factura de ABL, en el que se estableció una división bastante clara sobre quién debe pagar cada concepto que compone a este impuesto.

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ABL.

ABL.

¿Qué es el ABL?

La obligación de este impuesto es anual y su pago se divide en 12 cuotas mensuales. Está conformado por dos conceptos:

  • La tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros, con una tasa que es igual para todos los ciudadanos.
  • El impuesto a la propiedad, que también se conoce como impuesto inmobiliario, el cual es progresivo y con alícuotas fijadas en función del valor fiscal de la propiedad por la Ley Tarifaria, a partir de tablas y escalas asociadas a cada partida inmobiliaria.
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¿Quién debe pagar el ABL en caso de alquiler?

Sobre el pago del ABL, la nueva ley de alquileres deja en claro el punto de obligaciones sobre las tasas, estableciendo que el inquilino debe pagar la parte que corresponde a los servicios, pero no deberá pagar los impuestos sobre el inmueble.

En este sentido, la porción del ABL que corresponde al impuesto inmobiliario queda a cargo del propietario, mientras que la porción restante, que corresponde a la tasa retributiva de alumbrado, barrido y limpieza, queda a cargo del inquilino.

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