La Autoridad del Agua (ADA) de la provincia de Buenos Aires aprobó este miércoles un nuevo régimen integral para la gestión de permisos, aptitudes y obras vinculadas al uso del recurso hídrico, una modificación de alto impacto administrativo que reemplaza y deroga toda la normativa vigente desde 2010 y 2019. La medida quedó formalizada mediante la Resolución Conjunta 1746-ADA-2025, publicada en el Boletín Oficial del distrito.
La Autoridad del Agua bonaerense aprobó un régimen integral de permisos y obras con trámites 100% digitales
El organismo bonaerense puso en marcha una reingeniería completa de los procesos para Prefactibilidad Hídrica, Aptitudes de Obra y Permisos. El nuevo sistema incorpora formularios obligatorios, calificaciones hídricas, controles más estrictos y trazabilidad electrónica, y deroga toda la normativa previa.
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La ADA renovó por completo el esquema de permisos y obras vinculadas al uso del agua en la provincia.
El organismo dispuso una reingeniería completa de los procedimientos para evaluar y autorizar obras y actividades que puedan afectar el recurso hídrico superficial o subterráneo. El nuevo esquema introduce un sistema de tramitación electrónica que funcionará mediante una plataforma propia articulada con el expediente digital de la provincia, lo que -según el texto oficial- permitirá “mayor trazabilidad, transparencia y seguridad jurídica” para los usuarios.
Qué son las Calificaciones Hídricas y los Niveles de Funcionamiento creados por la ADA
Uno de los cambios centrales es la creación de cuatro Calificaciones Hídricas (CHi0 a CHi3) y dos Niveles de Funcionamiento (NF0 y NF1). Estas categorías determinan el grado de complejidad de los trámites que deberá realizar cada usuario y permiten identificar actividades que requieren un seguimiento prioritario por su localización, demanda de agua o tipo de efluentes. Desde la ADA señalaron que esta clasificación posibilita una gestión más eficiente y un control temprano de obras ya ejecutadas o parcialmente operativas.
La resolución elimina la instancia de precalificación previa y establece un Formulario de Declaración Jurada Inicial obligatorio, que definirá si corresponde emitir un Certificado de Prefactibilidad Hídrica (CPH). Este certificado tendrá una vigencia de un año para los usuarios sin instalaciones ejecutadas (NF0) y de 90 días para quienes tengan obras total o parcialmente operativas (NF1). A partir de su vencimiento, deberán iniciar las etapas siguientes según la calificación asignada.
Nuevos formularios obligatorios para permisos y obras vinculadas al uso del agua
El nuevo régimen incorpora además un Formulario Resumen del Proyecto Ejecutivo, también como declaración jurada, que será obligatorio para solicitar permisos y busca agilizar el análisis técnico y reducir tiempos administrativos. Para obras ya ejecutadas, se exigirá un registro fotográfico avalado por el profesional responsable.
Entre las novedades, la ADA aprobó Aptitudes y Permisos Especiales, como los vinculados a la instalación de redes de monitoreo, perforaciones para protección catódica y permisos especiales de explotación y vertido. También se determinó que la información del CPH alimentará directamente las bases de datos de canon por uso de agua y tasas de inspección, lo que permitirá economizar recursos administrativos.
El organismo remarcó que toda la información presentada por usuarios y profesionales tiene carácter de declaración jurada, y que la falsedad o inexactitud de los datos será causal de revocación de la constancia otorgada, sin perjuicio de eventuales sanciones administrativas, civiles o penales. Asimismo, se establece la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico, conforme a la Ley 15.230.
Cómo deberán adaptar sus trámites quienes ya tenían gestiones en curso
La resolución habilita a quienes tengan trámites en curso a optar por concluirlos bajo el régimen previo (Resolución 2019-2222) o migrar al nuevo sistema, mediante un formulario de aceptación. Una vez finalizados o al momento de renovación, todos los procesos deberán ajustarse a la nueva normativa.
Finalmente, la ADA derogó la Resolución 1033/10, la Resolución 2222/19 y la Disposición 175/19, completando así la sustitución total del marco regulatorio anterior. La medida fue firmada por el presidente del organismo, Damián Matías Costamagna, junto al vicepresidente Martín Reibel Maier y los vocales Máximo Lanzetta y Juan Oscar Deina.
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