5 de enero 2026 - 00:00

Aprovechemos enero para discutir lo que le falta a la modernización laboral

Más allá del contexto macroeconómico, la discusión sobre reformas en el mundo del empleo aparece como una apuesta al crecimiento de largo plazo.

Industria construcción

*Por Gustavo Lacha Lazzari

Ya está en el Congreso el proyecto de Modernización Laboral. En perspectiva es una gran noticia. Podríamos estar discutiendo nada, podríamos estar haciendo la plancha sobre un dólar estabilizado o una inflación en baja. El sólo hecho que estemos hablando y discutiendo reformas es un signo de madurez y gran perspectiva para el largo plazo.

Hay empresas y analistas para los cuales el sólo título alcanza para generar expectativas positivas. Para otras, en cambio, quizás no alcance incluso un buen texto. Veamos, la cuestión laboral tiene tres aristas:

  • El alto costo de los impuestos y cargas sobre el trabajo

  • El problema de la elevada judicialización, su falta de certeza y arbitrariedad

  • La cuestión sindical

El proyecto de modernización toca todas estas aristas pero hace foco en la más importante que es la llamada “industria del juicio”.

La cuestión de las cargas sobre el trabajo dependerá de una futura y eventual reforma previsional. Es comprensible que no sea el tema principal hoy. No por ello deja de ser importante y trascendente toda vez que por cada millón de pesos que un trabajador recibe en mano entre impuestos, cargas y supuestos salarios diferidos la empresa debe pagar un millón doscientos mil adicionales. Esa carga extra genera un alto costo de la formalidad lo cual a su turno explica en buena medida la elevada informalidad de la Argentina. Altos costos, baja utilidad el resultado es inexorable. Paréntesis, es un error de concepto analizar la informalidad desde el incumplimiento formal y no desde las causas profundas. Vale para todo.

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Avanza la discusión por la reforma laboral.

Avanza la discusión por la reforma laboral.

La cuestión sindical tampoco es el foco principal si bien hay normas en el proyecto que hacen a un mejor funcionamiento para todas las partes, en especial lo referido a bloqueos y regulación de asambleas. Lo principal del proyecto (a mi criterio) es que aclara zonas grises generadoras de juicio. Antes de puntear los temas recordemos. La “industria del juicio” es un problema porque:

  • Genera una relación de conflicto entre capital y trabajo lo cual es perjudicial especialmente para el trabajador. Así como las empresas no están diseñadas para despedir, tampoco es un placer ni es fácil tomar tales decisiones. El despido siempre es la última indeseada decisión. Tampoco es agradable para un trabajador cerrarse la puerta con una carta documento. Los juicios laborales en su enorme gran mayoría están fogoneados desde afuera, a partir de zonas grises, de una justicia laboral poco comprensiva de la realidad de las empresas y de instrumentos que generan tiempo e intereses que hacen de cada juicio un plazo fijo para actores lejanos al mundo del trabajo.

  • La realidad hay más de un juicio cada dos empresas y los juzgados laborales se han convertido en cementerios de pymes. Motivo suficiente para desalentar la demanda de trabajo lo cual perjudica a quien ser pretende beneficiar.

  • El argumento “con crecimiento económico el empleo aumenta independientemente de la industria del juicio” es falaz. El agua moja, eso no es un descubrimiento. El punto es el incentivo a la contratación y su potencialidad. Con crecimiento habrá mas empleo, no hay dudas. Ahora, ¿es todo el potencial? ¿Qué sucede cuando el PIB no expande? ¿Por qué crece la informalidad? ¿Quién será el protagonista de la nueva productividad? ¿Sólo las máquinas o también los trabajadores?

  • Hoy un juicio laboral plantea un pasivo contingente indeterminado. Simple. Sabes como ingresas, no sabes como salís, si es que salís del juzgado. En empresas grandes es un problema, en las chicas es un acta de defunción. Sentencias con montos aumentados sin lógica, con intereses sobre intereses, honorarios inverosímiles, costas, multas y cuasimultas, etc. Ríos de tinta podríamos derrochar ejemplificando casos. La realidad es que un pasivo no determinado no solo es un tiro final sino que limita toda capacidad crediticia (privada y bancaria) límita la inversión y provoca el peor efecto sobre una economía: el desánimo (propio y cercano)

Lo positivo de la reforma laboral

Apunta a las zonas grises generadoras de juicios laborales:

  • Define concepto de salario, eliminando interpretaciones conflictivas.

  • Define ámbito de aplicación. Por tanto, establece la diferencia entre colaborador (Proveedor de servicios y bienes) y empleado.

  • Establece tope indemnizatorio para salarios altos (empresas grandes) conforme a jurisprudencia.

  • Excluye a trabajadores independientes (Ej fleteros con vehículo propio) de la órbita de la ley de Contrato de Trabajo (muy importante en pymes).

  • Establece comisiones médicas para atenuar juicios por accidentes de trabajo. (Tema que ya está vigente con escasa atención por parte de jueces).

  • Establece un tope al interés judicial de sentencias (hoy hay uno por juzgado – delirio-) en un “inflación más 3%”. No es bajo, debería ser sólo inflación (tal como es el reclamo de muchas pymes) pero es menos que el delirio actual.

  • Reestablece la institución del “plus petition”. Tema no mejor, ojalá tome forma efectiva. Limitaría seriamente el delirio a la hora de fijar los montos de los reclamos pues la “parte sobre peticionada” implica que las costas van a la cuenta del demantante.

  • Elimina regímenes especiales obsoletos muy generadores de conflictos.

¿Qué le falta a la reforma laboral para eliminar definitivamente la industria del juicio?

Un tope indeminizatorio concreto para todo reclamo establecido en diez o doce sueldos. Con ello queda perfectamente cumplido el precepto constitucional de “protección al trabajador en caso del despido arbitrario” y a la vez da una certeza a las empresas de la “peor posición” a la hora de un conflicto. En el actual texto, los techos siguen siendo indeterminados. Eso daña la capacidad crediticia y el ánimo inversor.

Falta también una aclaración contundente prohibiendo y estableciendo la ilegalidad de la práctica casi extorsiva llamada “ley Moyano” por la cual en el caso de fusiones y adquisiciones la empresa vendedora de su paquete accionario debe indemnizar a todo su personal y la compradora debe contratarlo respetando antigüedad. En el caso de fusiones de empresas grandes, a expensas de presiones, se logran tales acuerdos. En caso de empresas pymes tal “acuerdo” o “resultado de presión” inviabiliza la fusión pues reduce o puede reducir a cero el valor de la empresa en venta. Es imperiosa una aclaración toda vez que en un contexto de apertura, estabilidad y cambio de régimen económico las fusiones y adquisiciones de empresas serán numerosas y habituales.

Estos y posiblemente otros temas deberíamos discutir en enero para perfeccionar un proyecto que tiene la posibilidad de ser histórico.

*El autor es economista y empresario pyme.

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