30 de marzo 2010 - 23:37
La Justicia de Río Negro analiza otro pedido de aborto
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Asimismo dio intervención a un defensor de menores en representación de la joven abusada, y a otra defensora de menores a cargo de la representación legal del feto, además de la actuación de rigor de un agente fiscal.
Lozada aclaró que se pronunciará al respecto aunque por doctrina y jurisprudencia "no es necesaria la autorización judicial" para el caso.
Esa afirmación se basó en el artículo 86 inciso segundo del Código Penal, que dispone que no es punible el "aborto practicado por un médico diplomado, con el consentimiento de la mujer encinta".
Esta medida se refiere al "embarazo que proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto".




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