2 de mayo 2008 - 00:00
Presas embarazadas cumplirán la pena en el domicilio
-
El Gobierno decretó feriado el 7 de abril de 2026: de qué trata y quiénes podrán aprovecharlo
-
Cuándo cobro ANSES: jubilados, AUH, desempleo y el resto de las prestaciones del lunes 6 de abril
El sistema de libertad vigilada fue implementado en la provincia de Buenos Aires en 1997 y pese a que su denominación es de "pulsera magnética", se trata de una especie de anillo que se coloca en el tobillo del preso que es excarcelado.
Tiene un transmisor que emite una señal que es recibida por operadores del Servicio Penitenciario bonaerense y que le permiten determinar la localización de la persona y saber si viola la detención domiciliaria.
Una vez colocada la tobillera, el detenido tiene un radio de movimiento que está acotado a la cercanía de su domicilio y que, si no lo cumple, pierde el beneficio.
Casal explicó a que el beneficio de la prisión domiciliaria no se otorga en forma automática "porque es el juez que entiende en cada una de las causas en las que hay una persona detenida el que decide si aplica a o no este sistema de libertad vigilada".
Si bien la posibilidad de otorgar el beneficio queda a criterio de los jueces, en la Legislatura provincial está pendiente el tratamiento de un proyecto de ley que obliga a los magistrados a otorgar la libertad vigilada a mujeres embarazadas o con hijos menores a 6 años.
La iniciativa, de la diputada Laura Berardo (FpV), propone modificar artículos del Código de Procedimiento Penal de la provincia de Buenos Aires y beneficiar con la llamada "prisión domiciliaria" a las detenidas embarazadas o que tuviesen a cargo hijos menores de 6 años de edad.
Establece que las detenidas deberán acreditar la maternidad con los respectivos certificados de nacimiento y el embarazo con el informe médico que corresponda y que el beneficio se eliminará en caso de que la imputada no cumpla con las reglas que se le impusieron, trate de eludir la acción de la justicia o no compareciere al llamado judicial sin causa justificada.
En la fundamentación del proyecto, Berardo explicó que la reforma tiene como "fin adecuar el Código a la normativa constitucional y a los estándares internacionales".
"El ámbito carcelario, más allá del mal estado, la deficiencia infraestructura de las instituciones penitenciarias de nuestro país y la constante interacción violenta, ya de por sí, es inadecuado para alojar a ciertas personas vulnerables", sostuvo.
Consideró además que "la sanción no debe trascender al individuo responsable penalmente (principio de intrascendencia penal) y se considera que la privación de la libertad, afecta sensiblemente al feto".



Dejá tu comentario