8 de noviembre 2020 - 00:00

Sigue el debate por las pistolas Taser: ¿son verdaderas armas no letales?

El debate sobre su implementación está cada vez más vigente. Si bien se las considera no mortales y en diferentes países son usadas por las fuerzas policiales, para la ONU es una forma de tortura.

Taser.jpg

Mientras el gobierno porteño aseguró que reactivará la compra de las pistolas Taser para equipar a la Policía de la Ciudad, se vuelve a generar el debate sobre su utilización: ¿son realmente armas no letales? La respuesta parece estar en sus antecedentes en el mundo; en Estados Unidos y en Europa generó decenas de muertes desde su implementación.

Las denominadas pistolas Taser disparan unos dardos guiados por cables metálicos que al impactar en el cuerpo provocan una fuerte descarga eléctrica que paraliza completamente a una persona adulta. También pueden realizar la descarga por contacto directo.

En abril del año pasado se dictó la resolución 395/2019 del ministerio de seguridad que autorizó el uso de las Taser al aprobar y poner en vigencia el “Reglamento general para el empleo de armas electrónicas no letales por parte de los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales”. Nunca fue aplicado y se derogó a los pocos meses con el cambio de administración del Estado por otra resolución ministerial, invocando como fundamento varias de las mismas normas, artículos de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de Derechos Humanos que habían motivado a su antecedente y argumentando como principal razón la falta de regulación sobre el modo de uso.

Ahora bien, el título del derogado reglamento hace una conceptualización errónea que contradice al propio fabricante -Taser International, Inc. devenido en Axon Enterprise, Inc.- que las cataloga como armas “menos letales”. Esta diferenciación no es inocente y sirve de fundamental apoyo para quienes insisten discursivamente con la conveniencia de su utilización.

Resulta evidente que su capacidad de daño es indiscutiblemente ínfima en comparación con un arma de fuego. La compañía publicó informes –de fuente propia- que demuestran con índices realmente impresionantes la “cantidad de vidas salvadas” a partir del reemplazo de las armas de fuego por estas pistolas electrónicas y la eficacia para la solución de conflictos.

Pero también, la propia compañía que las fabrica y comercializa, publica información - encuadrada y resaltada en la declaración de advertencia-instrucciones - que pareciera estar oculta en el debate local. Entre las advertencias asegura que “provoca contracción muscular seria, daños cardíacos, fisiológicos, metabólicos, respiratorios y otros riesgos asociados, que en algunos casos pueden causar la muerte”. Directamente solicita que no se utilice en contra de mujeres embarazadas, personas adultas y niños. Pero también aclara que se agrava el riesgo pudiendo causar la muerte si se aplica a personas de ¡bajo índice de masa corporal! También causa graves daños del cuello para arriba.

Lo cierto es que se utiliza por diferentes fuerzas de seguridad de muchos países del mundo. En Francia por ejemplo los protocolos incluyen evaluaciones estrictas sobre toma de decisiones, el uso de la fuerza y de las consecuencias médicas de la implementación de la Taser, incluso el seguimiento del estado de salud de la persona objeto de un disparo de un arma de impulsos eléctricos. No se puede utilizar en contra de la misma población sugerida por la compañía, y le agregan la prohibición de disparar a conductores en vehículos y a personas en diversos estados de inconciencia.

El Comité contra la tortura de la ONU -por medio de sus reportes- recomendó a los estados que abandonen su uso, por considerarlo una forma de tortura. Mientras que, Amnistía Internacional contabilizó en Estados Unidos Estados Unidos más de 500 muertos entre 2001 y principios de 2012. Un dato a tener en cuenta, Reuters señala la mayor proporción de población negra entre las víctimas mortales.

La pregunta que corresponde atender entonces es si en nuestro país serían utilizadas estrictamente como último recurso y como alternativa al arma de fuego, de mayor letalidad. Es difícil argumentar en contra del uso de las pistolas electrónicas frente a un hipotético escenario de atrincheramiento con rehenes o de un enfermo psiquiátrico empuñando un cuchillo. Pero lo peligroso es la definición misma de esas “situaciones extremas”; quién tendrá la potestad de nombrarlas y de llevarlas a cabo.

Más difícil resulta imaginar un uso que no reproduzca la histórica manera de vincularse de las fuerzas de seguridad con una parte de nuestra sociedad, sobre todo teniendo en cuenta la noción difundida de que son armas no letales y que su utilización a partir de ello podría resultar más flexible.

Ampliar sin más el espectro represivo del Estado para garantizar la denominada “seguridad” es un error, o una falacia. Las reformas del código penal que aumentaron las penas, la creación de fuerzas especiales y policías locales y las declaraciones de guerra al delito, no han aportado nada nuevo, ni bueno. Pareciera que las Taser tampoco.

(*) Abogado especialista en Derecho Penal del estudio Spoltore-Maurin

Dejá tu comentario

Te puede interesar