El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aplicó un aumento del 77% a la Verificación Técnica Vehicular (VTV), a través de la Resolución 24 del Ministerio de Infraestructura a principios de esta semana, que se publicó en el Boletín Oficial.
VTV: qué autos están exentos de pagarla
En el marco del aumento de la verificación, existen algunos autos que no necesariamente deben pagar por el trámite.
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Algunos autos quedan exentos al pago de la VTV en mayo de 2024.
Esta es la segunda actualización de la verificación en el año, y dejó el número a abonar por parte de los automovilistas en $38.014,57 y para los motociclistas en $14.293,73. Sin embargo, algunos autos están exentos de pagar este trámite. Conocé los detalles, a continuación.
Cuáles son los autos exentos de pagar la VTV
Los autos que están exentos a pagar el trámite en la provincia de Buenos Aires son los vehículos destinados a servicios municipales, los pertenecientes al cuerpo de Bomberos y los que sean propiedad de una persona con discapacidad.
Al igual que en provincia, en CABA las personas discapacitadas tampoco deben pagar la verificación y se le agregan los jubilados, pensionados o mayores de 65 años titulares de un vehículo que cobren hasta 2 haberes mínimos jubilatorios.
Quiénes deben hacer la VTV en CABA
Los autos que tengan domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) tienen que realizar el trámite de la VTV una vez que hayan cumplido cuatro años o que hayan alcanzado los 60.000 kilómetros. La antigüedad se calcula según el mes y año de patentamiento.
Por otra parte, para quiénes hayan hecho la VTV sin haber cumplido los siete años de antigüedad y con menos de 80.000 kilómetros recorridos, el trámite tendrá vigencia por 24 meses y se puede realizar en año por medio.
Si se cumplen los siete años y los 80.000 kilómetros recorridos, entonces el plazo para realizar la VTV será de 12 meses.
Cuándo me toca hacer la VTV
El último número de la patente coincide con el mes en el que hay que hacerla, aunque tanto en enero como en diciembre no hay fechas ya que se dejan libres para las personas que tengan la oblea vencida:
- Patentes terminadas en 0: vencen el 31 de octubre.
- Patentes terminadas en 1: vencen el 30 de noviembre.
- Patentes terminadas en 2: vencen el 28 de febrero.
- Patentes terminadas en 3: vencen el 31 de marzo.
- Patentes terminadas en 4: vencen el 30 de abril.
- Patentes terminadas en 5: vencen el 31 de mayo.
- Patentes terminadas en 6: vencen el 30 de junio.
- Patentes terminadas en 7: vencen el 31 de julio.
- Patentes terminadas en 8: vencen el 31 de agosto.
- Patentes terminadas en 9: vencen el 30 de septiembre
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