La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un nuevo sistema para confeccionar y presentar la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias de personas jurídicas. La herramienta forma parte de un proceso de migración hacia servicios completamente online.
ARCA lanzó el nuevo servicio web para el Impuesto a las Ganancias de personas jurídicas: desde cuándo es obligatorio
El organismo puso en marcha una plataforma online que reemplazará al histórico instrumento que era usado por las empresas.
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ARCA puso en marcha una nueva herramienta online para las declaraciones juradas de empresas.
Durante una primera etapa, esta novedad va a convivir con el aplicativo que las empresas usan desde hace años. El cambio va a ser gradual, dependerá de la fecha de cierre del ejercicio y del momento en que cada contribuyente empiece a utilizar la nueva plataforma.
Qué es "Ganancias personas jurídicas Web" y a quiénes alcanza
El nuevo servicio se llama "Ganancias personas jurídicas Web" y permite confeccionar y presentar la declaración jurada directamente desde la página de ARCA. La herramienta está destinada a los sujetos comprendidos en el artículo 53, incisos a, b, c, d, e y último párrafo de la Ley del Impuesto a las Ganancias, siempre que preparen balances comerciales.
Entre ellos se encuentran sociedades y otras personas jurídicas alcanzadas por el tributo. En esta primera etapa, el sistema puede usarse para las declaraciones correspondientes a cierres de ejercicios comerciales operados desde junio de 2026. La implementación fue establecida en la Resolución General 5908/2026, que dispone el reemplazo progresivo del aplicativo SIAP.
Cuándo comienza a usarse de forma obligatoria y cronograma de implementación
El nuevo servicio web será optativo hasta el 28 de febrero de 2027. A partir del 1 de marzo de 2027, su uso pasará a ser obligatoria para los ejercicios alcanzados por el nuevo esquema. El cronograma queda de la siguiente manera:
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cierres anteriores a junio de 2026: continúan por SIAP
cierres desde junio de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027: se puede optar entre SIAP y el nuevo servicio web
desde el 1 de marzo de 2027: "Ganancias personas jurídicas Web" pasa a ser obligatorio para los períodos alcanzados
También hay una regla específica para las declaraciones rectificativas, si la declaración original se presentó por SIAP, cualquier rectificación deberá hacerse por esa misma vía. Pero si la presentación original se realizó desde el nuevo servicio web, las rectificativas también deberán ingresarse desde esa plataforma.
Principales cambios respecto al histórico aplicativo SIAP
El nuevo sistema simplifica varios pasos que hasta ahora requerían una carga más detallada dentro de SIAP. Uno de los principales cambios aparece en el balance, ya que la nueva plataforma ya no exige informar cada rubro con el nivel de detalle anterior ni datos accesorios como el CUIT de determinados clientes o deudores. El activo se carga en una única pantalla y se organiza en grandes categorías:
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caja y bancos
inversiones
créditos
bienes de uso
bienes de cambio
bienes intangibles
Además, cada concepto se divide entre corriente y no corriente. Otro cambio importante es la precarga de información, ahora el sistema incorpora automáticamente los datos que ARCA ya tiene registrados sobre:
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retenciones
percepciones
anticipos pagados
pagos a cuenta
Esto reduce la carga manual y disminuye el riesgo de diferencias entre lo informado por la empresa y los registros del organismo. También se automatiza el traslado de quebrantos y saldos a favor entre ejercicios. La única excepción será el primer período en el que se use la plataforma, cuando esos datos deberán cargarse manualmente.
Por último, el resultado neto y los ajustes impositivos pasan a concentrarse en una misma pantalla donde se reúnen la ganancia de fuente argentina, la de fuente extranjera y los ajustes positivos y negativos correspondientes.





