6 de junio 2021 - 00:00

¿Cómo funcionan las regulaciones de compliance en el mercado cripto? 

Se han establecido distintas regulaciones tanto a nivel local como internacional con la finalidad de poder conseguir desde mayores niveles de seguridad hasta transparencia.

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Gentileza: Yahoo Finance

Como bien sabemos nos encontramos en un momento donde el mercado cripto se encuentra en la mira. Varios son los motivos, desde la curiosidad que genera este fenómeno, nuevo para algunos y más conocido para otros, desde la volatilidad que trae consigo como desde su funcionamiento.

Es importante entender que para prevenir el lavado de activos y otro tipo de delitos que son muy comunes en relación al mercado cripto, se han establecido distintas regulaciones a nivel internacional como a nivel local con la finalidad de poder conseguir desde mayores niveles de seguridad hasta transparencia.

A nivel de derecho interno podremos encontrar algunas regulaciones existentes por la Unidad de Información Financiera o la UIF la cual ha establecido en su resolución 300/14 la obligación de cumplimiento mensual por parte de ciertos sujetos que efectúan intercambio de criptoactivos.

La norma establece que "las monedas virtuales son muchas veces comercializadas mediante transacciones a distancia realizadas a través de internet; permiten el movimiento transfronterizo de activos, involucrando a entidades de diferentes países, pudiendo participar de las mismas jurisdicciones que no tienen controles de prevención de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo adecuados; todo lo cual dificulta a los Sujetos Obligados la detección operaciones sospechosas"

Por otro lado establece que los sujetos obligados a efectuar dicho reporte mensual son:

  • Las entidades financieras sujetas al régimen de la ley 21.526 y modificatorias.
  • Las entidades sujetas al régimen de la ley 18.924 y modificatorias y las personas humanas o jurídicas autorizadas por el Banco Central de la República Argentina para operar en la compraventa de divisas bajo forma de dinero o de cheques extendidos en divisas o mediante el uso de tarjetas de crédito o pago, o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional.
  • Las personas humanas o jurídicas que como actividad habitual exploten juegos de azar.
  • Personas humanas y/o jurídicas registradas ante la Comisión Nacional de Valores para actuar como intermediarios en mercados autorizados por la citada comisión y aquellos que actúen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión o de otros productos de inversión colectiva autorizados por dicho organismo. (Inciso sustituido por art. 200 de la Ley N° 27.440 B.O. 11/5/2018)
  • Personas jurídicas autorizadas por la Comisión Nacional de Valores para actuar en el marco de sistemas de financiamiento colectivo a través del uso de portales web u otros medios análogos y demás personas jurídicas registradas en el citado organismo a cargo de la apertura del legajo e identificación del perfil del cliente para invertir en el ámbito del mercado de capitales. (Inciso sustituido por art. 200 de la Ley N° 27.440 B.O. 11/5/2018)
  • Los registros públicos de comercio, los organismos representativos de fiscalización y control de personas jurídicas, los registros de la propiedad inmueble, los registros de la propiedad automotor, los registros prendarios, los registros de embarcaciones de todo tipo y los registros de aeronaves.
  • Las personas humanas o jurídicas dedicadas a la compraventa de obras de arte, antigüedades u otros bienes suntuarios, inversión filatélica o numismática, o a la exportación, importación, elaboración o industralización de joyas o bienes con metales o piedras preciosas.
  • Las empresas emisoras de cheques de viajero u operadoras de tarjetas de crédito o de compra.
  • Las empresas prestatarias o concesionarias de servicios postales que realicen operaciones de giros de divisas o de traslado de distintos tipos de moneda o billete.
  • Los escribanos públicos.
  • Las entidades comprendidas en el artículo 9º de la ley 22.315.
  • Igualmente están obligados al deber de informar todas las personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros;
  • Los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario, integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o corredores inmobiliarios matriculados;
  • Las asociaciones mutuales y cooperativas reguladas por las leyes 20.321 y 20.337 respectivamente;
  • Las personas humanas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de automóviles, camiones, motos, ómnibus y microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial, naves, yates y similares, aeronaves y aerodinos.
  • Las personas humanas o jurídicas que actúen como fiduciarios, en cualquier tipo de fideicomiso y las personas humanas o jurídicas titulares de o vinculadas, directa o indirectamente, con cuentas de fideicomisos, fiduciantes y fiduciarios en virtud de contratos de fideicomiso.
  • Las personas jurídicas que cumplen funciones de organización y regulación de los deportes profesionales.

A nivel internacional en materia de compliance en relación al mercado cripto podremos encontrar la denominada Travel rule 16, norma establecida por el GAFI.

El GAFI ha efectuado diversos intentos para poder prevenir el lavado de activos y lograr mayores niveles de garantías por parte de los usuarios.

Los VASP definidos para clasificar una empresa como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (VASP) deben realizar actividades relacionadas con el costo y el intercambio, intercambio, transferencia, protección o emisión y compromiso de activos virtuales entre activos virtuales. Además, de acuerdo con 16 Reglas de Viaje recomendadas por GAFI;

Los VASP recopilan y almacenan la información necesaria y correcta sobre los recursos y la información necesaria sobre los beneficiarios y envían esta información a las instituciones beneficiarias, si las hubiera.

Las instituciones beneficiarias adquieren y almacenan la información de recursos necesaria y la información de beneficiarios necesaria y correcta.

(*) Asesor impositivo fintech

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