El Poder Ejecutivo anunció la transformación en remunerativa de la suma de $ 100 a partir del 1 del mes en curso, que se estaba liquidando hasta ahora como no retributiva ( Decreto 2005/04). Con ello parece concluir el ciclo de intervenciones del Estado en los ingresos de los trabajadores a través de aumentos por decreto que con carácter imperativo se debían aplicar en las empresas privadas.
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La transformación aludida llega en el contexto de un cuadro muy complejo y heterogéneo de situaciones, que van desde convenios que ya habían incorporado los $ 100 a su estructura convencional hasta otras que nada habían pactado al respecto, y por ende, los $ 100 se seguían liquidando en forma autónoma. Veamos los diversos casos y sus consecuencias.
En primer lugar, distintos convenios colectivos como el de empleados de comercio o el de sanidad para la industria farmacéutica habían incorporado los $ 100 adicionándole en el cálculo $ 20 para asegurar el mismo valor neto para el trabajador que cuando se los liquidaba en forma no remunerativa (con ello se compensaba las retenciones que se deducen del salario bruto). En estos casos, no sólo se incorporaron los $ 120, sino que además se los proyectó dentro de las categorías convencionales, tomando el valor base para la categoría más baja aplicando luego la progresión, respetando el porcentaje que los distanciaba entre los distintos niveles ya contemplados en los valores históricos de cada convenio.
• Ineficacia
Si bien este modelo es tal vez el más costoso para las empresas, en la medida que se haya pactado dentro de los convenios, el resultado de dichos acuerdos no debería ser distorsivo. Sin embargo, en distintos casos lo fue ya que las cláusulas de absorción y/o compensación que se pactaron no fueron eficaces, no tanto por el valor o contenido de su texto, sino por la presión gremial o laboral que impidió su utilización, o en su caso, obligó a las partes a renegociar un ajuste de bolsillo, para neutralizar la absorción referida con su máximo alcance y efectos. Otro proceso fue el de la transformación de los $ 100 en remunerativos a través de acuerdos de empresa que lo convirtieron en parte del salario ya sea por un acuerdo colectivo, por un acuerdo pluriindividual o, simplemente, por vía de la decisión unilateral del empleador. En la mayoría de los casos se adicionaron $ 20 para asegurar el cobro del mismo valor neto a cada trabajador. En las dos hipótesis planteadas, la norma que próximamente se dictará resultará abstracta, ya que los $ 100 fueron ya incorporados a la remuneración con todos sus efectos. Donde se producirán tres efectos importantes es en más de 60% de la población activa registrada que no experimentó la transformación aludida. En estos casos los efectos serán los siguientes: a) los $ 100 más los $ 20 que se adicionarán pasarán a integrar la estructura remunerativa con todos sus efectos legales y, por ende, será base de cálculo de todos los rubros salariales como las horas extra, el cálculo de las licencias y las vacaciones, el aguinaldo, el preaviso, la indemnización por despido, etc.;
b) la suma total remunerativa estará sujeta a aportes y contribuciones, es decir que la suma sufrirá las retenciones del salario del trabajador y también tributará las contribuciones a cargo del empleador; y c) finalmente, una suma remunerativa podrá ser negociada en los convenios colectivos que aún no los han incluido, y en función de ello, es probable que se pretenda la progresión de la suma en la escala convencional, sin perjuicio de aquellos casos en los cuales la suma se ha incorporado plana para todas las categorías.
En cualquier caso, esta transformación producirá un incremento de costos por los efectos directos en el mismo (nuevas proyecciones, bases de cálculo, impuestos al trabajo, etc.) y también por su repercusión en la estructura salarial de toda la escala. La experiencia indica que la productividad y la competitividad deberán ser los parámetros rectores de la evolución de los salarios en el futuro cercano, a fin de preservar con ello el crecimiento sustentable, sin generar efectos que ameseten o paralicen la inversión.
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