Adhesión a Tratado no evita final en la Corte
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La plaza de los Dos Congresos pareció más pacífica de lo que se anunciaba para ayer, tras los acuerdos internos del peronismo, una mayoría arrinconada por la minoría de izquierda, para aprobar los proyectos que derogan el punto final.
Esta suerte de «mea culpa» legislativa, por haber aprobado hace 16 años una ley que liberó de culpa y cargos a los jefes y subordinados de las Fuerzas Armadas acusados de violar los derechos humanos, puede convertirse en un arma peligrosa. Y es un riesgo real.
• Hacia adelante
Gregorio Badeni, otro constitucionalista consultado, es contundente cuando afirma que dejar sin efectos las leyes del perdón por una ley que declare su nulidad es «una aberración jurídica».
Pero menos veraz, resulta la posición del gobierno de Néstor Kirchner de asegurar por boca del ministro de Justicia (convertido en portavoz) Gustavo Béliz, que la ratificación del acuerdo internacional de 1970, salva y habilita al gobierno a perseguir a los militares perdonados.
Badeni, sostuvo ayer que esta adhesión «no tiene efectos retroactivos» y que sólo es aplicable a dentro de 90 días cuando el Estado presente los documentos que lo ratifican ante la ONU.
«El artículo 18 de la Constitución Nacional está por encima de cualquier tratado internacional, incluso por encima de los tratados sobre derechos humanos. Las normas de carácter penal, sean locales o internacionales, solamente producen efecto a partir de su entrada en vigencia», explicó.
Pero, además, Badeni sostiene que si el Ejecutivo envió un decreto ratificando internacionalmente el tratado que ya habría sido aprobado por ley, es a partir del momento de la ratificación internacional cuando entran en vigencia los tratados.
«Los tratados tienen efecto para el futuro, no para el pasado. De modo que desde un punto de vista jurídico-constitucional la solución es muy simple. Esa norma va a tener vigencia en el futuro, pero no puede alcanzar los actos que se produjeron en pasado», afirma con solidez el jurista.
Tampoco aparece con definitorio el argumento de delito contra lesa humanidad para aplicar con retroactividad de las leyes que hoy el gobierno impulsa con tanta euforia.
«No se puede, incluso invocando delitos de lesa humanidad, dejar sin efecto todo lo que prescribe la Constitución y lo que prescriben otros tratados internacional, como la Convención América sobre Derecho Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, como lo prescribe también el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos que impiden absolutamente la retroactividad de las leyes penales, cualquiera sea el delito del que se trate», remarca Badeni.
Y esto es lo que puede suceder, cuando un juez intente detener y juzgar a algunos de los militares amparados por las leyes del perdón. Pedirá que se le aplique la ley mas benigna. Cuando su petición sea rechazada por el juez irá hasta la Corte Suprema y con los antecedentes antes mencionados tendrá expedito el camino para llegar al Tribunal Internacional de Costa Rica, donde los pactos internacionales tienen peso y valor real jurídico y no político.




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