15 de agosto 2005 - 00:00

Buenos Aires: prohíben gremio de policías

El Ministerio de Seguridad bonaerense elaboró un código de conducta policial que limita el uso de arma de fuego por parte de la Policía e impide que los efectivos se amparen en «órdenes de superiores» para aplicar torturas o tratos inhumanos. La medida fue adoptada por Decreto 1.766 que lleva la firma del gobernador Felipe Solá, creando además dos nuevos escalafones policiales para abarcar al personal civil que había quedado fuera de la reforma, y para el personal que se desempeña en el servicio de emergencias 911.

En el decreto se precisa que los nuevos escalafones, que darán estabilidad a 5.000 agentes, fueron creados para cubrir un « vacío legal» que ponía en riesgo las políticas de seguridad hasta ahora instrumentadas.

El decreto firmado por Solá, que será publicado en los próximos días en el Boletín Oficial, incluye un «código de conducta» policial por el cual los efectivos «sólo podrán usar la fuerza cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que lo requiera el desempeño de sus tareas».

El código considera el uso de arma como «una medida extrema», y agrega que «deberá hacerse todo lo posible para excluir el uso de armas de fuego, especialmente contra niños».

«No deberán emplearse armas de fuego, excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún modo, la vida de otras personas y no pueda resistirse o detenérselo aplicando medidas menos extremas»,
detalla.

Se remarca que, ante el caso de que se use el arma de fuego, «deberá informarse inmediatamente a las autoridades competentes». Precisa que los policías «respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos», y destaca que ningún policía «podrá invocar la orden de un superior o circunstancias especiales, como estado de guerra o amenaza de guerra, amenaza a la seguridad nacional, inestabilidad política interna o cualquier emergencia pública como justificación de la tortura u otros actos o penas crueles, inhumanas o degradantes».

• Ultimo recurso

El código permite que los efectivos acudan a la prensa para denunciar cualquier tipo de violación al código de conducta, pero enfatiza que esto debe ser «como último recurso».

En los escalafones creados, uno de ellos comprende lo que denomina «personal de apoyo a las policías de la provincia» e incluye a profesionales, técnicos y administrativos que habían quedado fuera de la reforma escalafonaria dispuesta por el ministro de Seguridad, León Arslanian, y un escalafón especial para el personal que trabaja en el servicio de emergencias 911.

La estabilidad laboral
«se adquirirá transcurridos 12 meses de efectiva prestaciónde servicios y una vez que hubiereaprobado las evaluaciones de rendimiento y aptitud que determine la reglamentación», se precisa en la norma.

El decreto establece que el personal incluido
«no podrá afiliarse a asociaciones gremiales y/o sindicales», ni participar en su organización o formar parte de ellas.

El personal abarcado por los nuevos escalafones
«gozará de estado policial limitado», con lo cual estará «impedido de desempeñar funciones esencialmente policiales». La norma remarca que para ingresar en los nuevos escalafones se deberá poseer «condiciones intachables de moralidad y buenas costumbres».

El «personal de apoyo a las policías» de la provincia tendrá a partir de ahora un escalafón compuesto por 11 grados jerárquicos y cuatro agrupamientos --profesional, técnico, administrativo y servicios generales-, cada uno de ellos con distintos niveles de ingreso, desarrollo de carrera y grado máximo de promoción.

El personal del servicio de atención telefónica de emergencias 911 se desempeñará en un escalafón de tres grados, con sus correspondientes clases, definidas en función del rol que cumplan en
«la atención al usuario, supervisión, supervisión especializada, coordinación y control del sistema». Es así como el grado más alto del escalafón será el de jefe de Sala, luego supervisor (con rango I, II y III) y, por último, el de operador telefónico (con rango I, II, III, IV y V).

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