En su discurso de la apertura de la Asamblea Legislativa, el presidente Javier Milei anunció que avanzarán con el cierre de la agencia Télam, en el marco de su plan de recorte del gasto público. Y esta mañana, la empresa dispensó a sus trabajadores de acudir a sus lugares de trabajo por siete días. ¿Puede el Gobierno cerrar una empresa pública sin pasar por el Congreso?
Cierre de Télam: ¿El DNU habilita al Gobierno a clausurar la agencia o debe ir al Congreso?
El Gobierno avanzó con el plan de cierre de la agencia Télam y dispensó de sus tareas por siete días a los 700 trabajadores. Qué dice la ley sobre el cierre de una empresa pública.
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La agencia Télam ameneció vallada.
En la madrugada de este lunes, los trabajadores de Télam Sociedad del Estado recibieron una comunicación del interventor Diego Chaher en la que se les notifica que se encuentran suspendidos con goce de sueldo hasta el próximo lunes. Por la mañana, el edificio principal amaneció vallado y acordonado por efectivos de la policía.
Si bien el Gobierno aún no oficializó el cierre de la compañía estatal, las palabras del mandatario dejaron a la vista los planes para su futuro y el de los más de 700 empleados. La manera de proceder del Poder Ejecutivo se convirtió en el centro de la polémica esta tarde por parte de abogados y juristas constitucionalistas. ¿El DNU 70/23 habilita al Gobierno a cerrar Télam? ¿Debe enviar una ley al Congreso?
Cierre de Télam: ¿El Gobierno debe enviar una ley al Congreso?
El abogado Andrés Gil Domínguez zanjó la discusión esta tarde a través de una explicación publicada en su cuenta de la red social "X", en la que argumenta los motivos por los que, pese a la existencia del DNU, el Gobierno debería proceder a través de una ley si no quiere que la medida carezca de validez.
"La agencia nacional de noticias Télam es una sociedad del Estado (SE) regida por la ley 20.705 que en el artículo 5 exige para poder ser liquidada por parte del Poder Ejecutivo la previa autorización del Congreso mediante la sanción de una ley", explicó en un primer momento. A continuación, señaló que el DNU 70/2023, en su artículo 40, derogó dicha ley 20.705 pero "sin establecer que la misma tiene efectos retroactivos (art. 7 del Código Civil y Comercial)".
De esta manera, la zona de influencia del artículo del DNU "se proyecta exclusivamente a futuro impidiendo crear nuevas sociedades del Estado". Gil Domínguez remarcó que el mismo DNU, en el artículo 48, establece "que todas las sociedades del Estado deben transformarse en sociedades anónimas en un plazo de 180 días, y una vez que esto suceda, se aplicará la ley de sociedades 19.550".
Es por eso que consideró que "el cierre de Télam viola las normas del DNU 70/2023", es decir, el Gobierno estaría violando una normativa redactada por sus propios funcionarios, en caso de que finalmente la agencia sea cerrada.
El abogado constitucionalista señaló que para que pueda darse ese escenario "Télam primero debe convertirse en una sociedad anónima y después aplicando la ley de sociedades 19.550 podrá disolverse". "Un gobierno desconociendo su propia normativa de emergencia es realmente preocupante y desopilante", concluyó.
Por su parte, el abogado del Sindicato de Prensa de Buenos Aires, Guillermo Gianibelli, también se expresó en igual sentido que Gil Dominguez. En declaraciones al diario La Nación, afirmó que “el DNU solo habilita a transformar Télam de sociedad del Estado a Sociedad Anónima".
"Cualquier otra cosa (que quiera hacer el Gobierno) lo tienen que hacer por ley", advirtió el letrado, y adelantó que desde el sindicato están "analizando cursos de acción".
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