Cinco fallos más contra la reforma del Consejo
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En la misma resolución, la jueza también declaró la inconstitucionalidad del artículo de la ley que modificó el sistema de cautelares que impone la realización de un informe previo a la resolución de las mismas.
La jueza comunicó su resolución al Poder Ejecutivo y a su par Servini de Cubría, requiriéndole su notificación a los partidos y agrupaciones políticas que en el orden nacional se encuentren en condiciones de participar en la contienda.
Además, los jueces Furnari y Lavié Pico también decretaron la inconstitucionalidad del nuevo régimen de cautelares.
Los demás jueces suspendieron varios artículos de la ley 26.855 aprobada por el
Congreso de la Nación, y todo hace prever que la definición vendrá por parte de la Corte Suprema de Justicia.
Hasta el momento, no llegó ningún planteo de per saltum ante la Corte referido a la reforma del Consejo, aunque ni bien llegue será resuelto de inmediato, según adelanto el presidente del Tribunal, Ricardo Lorenzetti.
Hasta el momento al máximo tribunal sólo arribó un per saltum referido al nuevo régimen de medidas cautelares en aquellos casos en que interviene el Estado Nacional.
En tanto, también se aguarda una definición por parte de la justicia electoral de la Capital Federal, y días atrás la jueza María Servini de Cubría dio un plazo -el cual vence hacia fines de esta semana- para que el Estado Nacional conteste sobre cinco amparos en contra de la Reforma.
Servini de Cubría regresa de licencia el lunes próximo y se prevé que esa semana haya una resolución.




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