El Consejo de la Magistratura dice que no hay intimación en la carta de ANSES jueces y fiscales por jubilación

El cuerpo consideró que la solicitud de Anses de ninguna es una intimación a cesar en el cargo para evitar la pérdida de derechos previsionales ya adquiridos.

El plenario del Consejo de la Magistratura sesión por Zoom, ante la imposibilidad de una reunión presencial.

El plenario del Consejo de la Magistratura sesión por Zoom, ante la imposibilidad de una reunión presencial.

Consejo de la Magistratura

El Consejo de la Magistratura consideró que la resolución de la Anses que insta a los jueces y fiscales que iniciaron sus trámites jubilatorios a que definan si efectivizan el retiro laboral o si siguen en sus funciones dentro del Poder Judicial o el Ministerio Público no implica una intimación a quienes la recibieron.

Con los siete votos de la mayoría, el pleno del cuerpo consideró que la resolución de la Anses que alcanza a más de 200 jueces y fiscales, aunque no todos recibieron la notificación, de ninguna es una intimación a cesar en el cargo para evitar la pérdida de derechos previsionales ya adquiridos, tal cual lo planteó el juez consejero y vicepresidente de la entidad Alberto Lugones en su proyecto. Esa iniciativa contó desde el principio con el respaldo del presidente Diego Molea y los consejeros Vanesa Siley, María Inés Pilatti Vergara, Mariano Recalde y Gerónimo Ustarroz.

La resolución de Anses se enmarca en el debate abierto por una práctica generalizada de algunos miembros del Poder Judicial que consiste en iniciar el trámite jubilatorio y no efectivizarlo, tras lo cual se sigue ejerciendo el cargo. Eso permite continuar en funciones y, en el caso de recibir alguna acusación en el Consejo de la Magistratura, se completa rápidamente la gestión y se pide la jubilación antes de correr el riesgo de ser destituido y perder las abultadas jubilaciones. Para muchos analistas se trata de un privilegio, ya que el ciudadano común inicia los trámites jubilatorios en el momento en que se jubila, no antes.

Por ese motivo, la Anses instó a los funcionarios judiciales a definir su situación. La decisión del organismo previsional se funda en las nuevas normas del régimen de jubilaciones para el Poder Judicial, que fue modificado por el Congreso en marzo del año pasado, con la sanción de la ley 27.546, y sobre esa base normativa es que actúa la Anses.

El Consejo de la Magistratura debatió el tema con varias propuestas sobre la mesa. El diputado del PRO Pablo Tonelli presentó un proyecto con la adhesión de los consejeros Carlos Matterson, Silvia Giacoppo, Diego Marías, Juan Manuel Culotta y Ricardo Recondo.

“Nuestra propuesta fue la de exhortar a la ANSES a dejar sin efecto la resolución, consideramos que se está exigiendo un requisito que no está previsto en la ley aplicable en la materia (24018), en claro exceso de sus facultades regulatorias, atribuyéndose funciones que no le corresponden y pertenecen a otros organismos. Lamentablemente se terminó aprobando un proyecto que constituye una perturbación a la tranquilidad de los magistrados, con afectación al principio de independencia del Poder Judicial”, se lamentó Marías.

La diputada del lavagnismo Graciela Camaño impulsó una iniciativa propia. Finalmente prevaleció la iniciativa de Lugones, quien también propuso armar una mesa de diálogo entre el organismo a cargo de Fernanda Raverta y delegados judiciales. Según el proyecto aprobado, se busca “evitar cualquier perturbación a la necesaria tranquilidad de espíritu que debe primar en los magistrados a la hora de desarrollar su actividad jurisdiccional, y garantizar su independencia”.

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