Fayt volvió a faltar y la Corte avanzó en seis acordadas
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La Corte se reunió sin la presencia de Fayt.
En otro orden, el máximo tribunal rechazó un pedido de excarcelación formulado por Carlos Carrascosa, condenado a prisión perpetua por el crimen de su esposa, MaríMarta GarcíBelsunce, y actualmente cumpliendo arresto domiciliario en la casa de un amigo de la localidad bonaerense de Escobar.
Con la firma de los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda, el máximo tribunal consideró "inadmisible" un recurso de queja interpuesto por el abogado del viudo, Fernando Díaz Cantón.
De este modo, quedó en pie la decisión de la sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense, que había rechazado por improcedente el recurso articulado por la defensa.
Por otra parte, rechazó recurso de queja contra la sentencia que confirmó la condena a 18 años de prisión para Susana Freydoz, por haber asesinado a su esposo, el gobernador de Río Negro, Carlos Soria, en el Año Nuevo de 2012 en la ciudad de General Roca.
Los ministros Lorenzetti, Maqueda y Higton de Nolasco resolvieron rechazar por "inadmisible" el recurso extraordinario presentado por la defensa de la mujer en contra del fallo del Superior Tribunal de Justicia rionegrino que en diciembre de 2013 había confirmado la pena.
Freydoz (62) se encuentra alojada en el pabellón psiquiátrico de la cárcel de Ezeiza luego de que el 7 de abril de ese año intentó suicidarse mediante la ingesta de una fuerte dosis de psicofármacos luego de que la Justicia dispusiese su traslado del hospital de Cipolletti -en el que estaba internada desde pocos días después del crimen- al penal de General Roca para que cumpliera con la condena.
Soria (62) se convirtió el 10 de diciembre de 2011 en el primer gobernador peronista de la provincia de Río Negro desde el regreso de la Democracia en 1983 y a sólo 21 días de haber asumido fue asesinado por su esposa durante los festejos del Año Nuevo de 2012.
Además, ratificó fallo de la Cámara Federal de Casación que había confirmado las condenas de Alfredo Astiz, Jorge "El Tigre" Acosta y otros 16 acusados por delitos de lesa humanidad cometidos en la Esma y anulado las absoluciones de Juan Carlos Rolón y Pablo García Velasco.
El máximo tribunal rechazó con esta resolución los recursos de las defensas contra la confirmación de las condenas a prisión perpetua de Astiz, Acosta y otros ocho ex integrantes del "grupo de tareas" que funcionó en la Esma durante la última dictadura.
En su resolución, la Corte ratificó así el fallo de la Cámara Federal de Casación que, además de confirmar las condenas, había anulado las absoluciones de Rolón y Velasco antes dictadas por el Tribunal Oral Federal 5 (TOF5) de la Capital Federal.
A su vez, confirmó el sobreseimiento del expresidente Fernando De la Rúa en la causa por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001 en un escrito de siete líneas, y ratificó en consecuencia los fallos que en dos instancias anteriores habían beneficiado al otrora dirigente de la UCR.
De la Rúa fue sobreseído en primera instancia por el juez federal Claudio Bonadío y luego por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
De esta forma, la Corte rechazó un recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) que es querellante en el juicio oral de esta causa que comenzó el 24 de febrero del año pasado.
La resolución de una carilla lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco y declara "inadmisibles los recursos de apelación a la instancia de origen".
También desestimó un recurso de revocatoria en la causa que impulsaba el Centro de Ex combatientes de La Plata para que los abusos que sufrieron los soldados por parte de sus mandos durante la Guerra de Malvinas sean considerados como delitos de lesa humanidad, y advirtió que el Tribunal "se ve impedido de pronunciarse sobre la cuestión de fondo".
En un escrito de tres carillas, la Corte ratificó la sentencia que dictó el pasado 19 de febrero, en la cual confirmaba una decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que en noviembre de 2009 dictó la prescripción de la acción penal.
"Toda vez que dicha sentencia no fue oportunamente recurrida ni por la fiscalía ni por quienes promovieran la actual revocatoria, quedó firme lo allí decidido. Ello importa un obstáculo insalvable respecto de cualquier posibilidad de revisión de dicho fallo en el futuro", sostiene un fallo firmado por los magistrados Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco.
Y al respecto, en el texto de la resolución se consigna que "el fallo que declaró la prescripción de la acción penal fue una lisa y llana aplicación de aquella doctrina, cuyo acierto o error no podía ser actualmente revisado por esta Corte".
"Bajo tales condiciones, este Tribunal se vio impedido de expedirse hasta el momento sobre el fondo", puntualiza la sentencia.
La reunión de este martes fue la primera realizada luego del amague que tuvo Lorenzetti en renunciar a la reelección de la presidencia del Tribunal para el año próximo, pues el lunes de la semana pasada así se lo había hecho saber a sus colegas pero al día siguiente de manera oficial se ratificó su elección.
A ello se sumó que Fayt no concurrió al último acuerdo realizado por el Tribunal y tampoco lo hizo en aquella donde se reeligió a Lorenzetti, pues firmó la acordada fuera del Palacio de Tribunales.
El kirchnerismo cuestionó la permanencia de Fayt en el Tribunal al poner en duda su estado de salud debido a su avanzada edad, de 97 años; y el tema será evaluado en la Comisión de juicio político de Diputados.


