4 de junio 2013 - 21:45

La Corte levantó embargo a Chevron (bueno para YPF)

La Corte Suprema de Justicia revocó este martes el fallo de primera instancia que condenaba a la petrolera Chevron Argentina a cumplir un embargo de 19.000 millones de dólares dispuesto por la Justicia ecuatoriana, al hacer lugar a un recurso de queja presentado por la compañía.

En el fallo, el máximo tribunal entendió que "la decisión tomada por la justicia del Ecuador de imponer medidas cautelares sobre los bienes de las sociedades demandadas, en razón de haberse decretado, sin audiencia previa, las ha privado de este derecho".

De esta forma, Chevron, que recientemente firmó un acuerdo comercial para el desarrollo de shale oil en el yacimiento neuquino de Vaca Muerta con YPF, por el cual se prevé una inversión inicial de hasta 1.500 millones de dólares, espera liberada de cualquier restricción la concreción en julio del acuerdo definitivo con la petrolera argentina.

En consecuencia, y siguiendo el planteo oportunamente planteado por la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, el tribunal consideró que existió una "afectación de principios que integran el orden público internacional argentino (artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional), circunstancia que obsta al cumplimiento de la carta rogatoria".

En el fallo se citó que "el artículo 517 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, entre otros requisitos para que una sentencia extranjera pueda ejecutarse, exige: `que la sentencia no afecte los principios de orden público del derecho argentino` y `que la parte demandada contra la que se pretende ejecutar la sentencia hubiese sido personalmente citada y se haya garantizado su defensa`.

Por lo tanto, y de conformidad con lo dictaminado por la Procuradora General de la Nación, el tribunal sentenció que "se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada".

La causa llegó a la Corte Suprema de Justicia luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia del juez de primera instancia Adrián Elcuj Miranda, titular del Juzgado Nacional Civil N° 61.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil convalidó el embargo dispuesto por el juzgado de primera instancia contra los activos de la petrolera Chevron en la Argentina bajo el amparo de un Tratado Internacional.

Elcuj Miranda había dispuesto el embargo sobre los activos de la petrolera, los dividendos y el 40 por ciento de los depósitos bancarios futuros que recibiera la empresa por poco más de 19.000 millones de dólares, al reconocer una medida idéntica de la justicia ecuatoriana.

La causa se remonta a la acción de un grupo de abogados estadounidenses que hizo una presentación en 1993 reclamando una "Acción de clase" a favor de 30.000 residentes de la región de la Amazonia ecuatoriana, presuntamente afectados por cuestiones ambientales relacionadas con la explotación de hidrocarburos, una figura jurídica que no existe en el país sudamericano.

El juicio se inició contra la petrolera Texaco, que cesó su actividad en Ecuador en 1992 y que Chevron compró en 2001, por lo que en base a esta temporalidad, entre otras cuestiones, la petrolera sostuvo que no tiene nada que ver con ese reclamo.

Gils Carbó había argumentado que los sujetos embargados eran "sociedades constituidas en la República Argentina y en el Reino de Dinamarca", lo que implica que tienen "personalidad jurídica propia y distinta de la de sus accionistas directos e indirectos, según lo estipulado por la legislación nacional".

La Procuradora General agregó que "son personas jurídicas distintas de Chevron Corporation y, en ese carácter, tenían derecho a ser oídas, en condiciones de plena igualdad, por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones".

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