La Corte levantó embargo a Chevron (bueno para YPF)
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La causa llegó a la Corte Suprema de Justicia luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia del juez de primera instancia Adrián Elcuj Miranda, titular del Juzgado Nacional Civil N° 61.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil convalidó el embargo dispuesto por el juzgado de primera instancia contra los activos de la petrolera Chevron en la Argentina bajo el amparo de un Tratado Internacional.
Elcuj Miranda había dispuesto el embargo sobre los activos de la petrolera, los dividendos y el 40 por ciento de los depósitos bancarios futuros que recibiera la empresa por poco más de 19.000 millones de dólares, al reconocer una medida idéntica de la justicia ecuatoriana.
La causa se remonta a la acción de un grupo de abogados estadounidenses que hizo una presentación en 1993 reclamando una "Acción de clase" a favor de 30.000 residentes de la región de la Amazonia ecuatoriana, presuntamente afectados por cuestiones ambientales relacionadas con la explotación de hidrocarburos, una figura jurídica que no existe en el país sudamericano.
El juicio se inició contra la petrolera Texaco, que cesó su actividad en Ecuador en 1992 y que Chevron compró en 2001, por lo que en base a esta temporalidad, entre otras cuestiones, la petrolera sostuvo que no tiene nada que ver con ese reclamo.
Gils Carbó había argumentado que los sujetos embargados eran "sociedades constituidas en la República Argentina y en el Reino de Dinamarca", lo que implica que tienen "personalidad jurídica propia y distinta de la de sus accionistas directos e indirectos, según lo estipulado por la legislación nacional".
La Procuradora General agregó que "son personas jurídicas distintas de Chevron Corporation y, en ese carácter, tenían derecho a ser oídas, en condiciones de plena igualdad, por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones".




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