8 de noviembre 2007 - 00:00

La verdadera estafa con el megacanje

Domingo Cavallo
Domingo Cavallo
Una vez más, la Justicia Federal intenta opinar sobre algo que no entiende. En 2001, Juan Labaké, Carlos Traboulsi, Héctor Valle, Alberto Guerberof y Jorge Spilimbergo denunciaron a Domingo Cavallo, a Daniel Marx y a otros miembros del equipo económico por un supuesto abuso de las facultades extraordinarias arrogadas en función de la Ley 25.414. Según manifestaron, los funcionarios llevaron adelante el «canje» de una parte de la deuda pública e indicaron que en el Decreto 648/01 se cometieron irregularidades al requerir asesoramiento al Crédit Suisse First Boston, Citibank, JP Morgan, HSBC, Santander, BBVA y Banco Galicia, tarea por la cual comprometieron en comisiones u$s 132 millones más otros u$s 100 millones en concepto de gastos.

Lo irónico es que, según la denuncia, todo el canje sería una estafa propiciada por David Mulford, quien habría ideado este negocio con el fin de cobrar una comisión y dividirla entre banqueros.

Objetan además la falta de cumplimiento del art. 75 inciso 7° de la Constitución -que establece la facultad del Congreso de arreglar el pago de la deuda interior y exterior-y de no haber dado intervención en la operatoria al Banco Central, por lo que ésta terminó en un incremento excesivo de los intereses que el Estado debía pagar.

Para los denunciantes, el canje de bonos de un Estado es una tarea por demás sencilla que se concreta con una simple llamada telefónica y que no requiere un trabajo intenso, ni reuniones tediosas, ni tecnología especial. Parecería que la teoría judicial se pregunta por qué gastaron plata en comisiones, si el Estado argentino no tenía intenciones de pagar.

  • Escenario difícil

  • Para entonces, la Argentina nunca había repudiado su deuda. En realidad, un canje es una nueva emisión de deuda que puede ser suscrita con las obligaciones anteriores « voluntariamente». La emisión debía ser registrada, colocada y compensada mediante mecanismos (Euroclear, CEDEL o SEGA, para nombrar algunos) en un escenario que para la Argentina era ya difícil.

    Desde que en abril de 1792, los comerciantes de la ciudad de New York suscribieron el Buttonwood Agreement y crearon la Bolsa, ésta ha tratado de evitar defaults o reestructuraciones de deuda para cuidar del mercado de capitales más grande del mundo. De las crisis de los años 1857 a 1907 y del «crack» de 1929 aprendieron que no se puede regular el «capital» de los mercados para evitar el riesgo sistémico, sino la claridad de los contratos que instrumentan las operaciones concertadas, aunque sean bonos de un mismo Estado. Los bancos contratados debían, en primer lugar, convencer a los tenedores de los bonos (que no eran ellos), mediante una persuasión diferente de la utilizada por Roberto Lavagna años más tarde. Además, tenían que movilizar su estructura para que en la fecha de cierre los instrumentos a ser canjeados estuvieran en manos del agente. Por último, debían entregar las nuevas obligaciones a los tenedores, aunque unos meses más tarde el gobierno argentino los dejara en un limbo jurídico, que se mantiene hoy. Cualquier suma que los bancos de inversión hayan percibido no les compensa el dolor de cabeza de haber expuesto su prestigio.

    Los denunciantes creen que u$s 30 mil millones se pueden canjear con llamados por teléfono y que los bonos se mandan por correo. Pero lo peor es que la Cámara Federal también cree en ese argumento. Rudolf von Jhering señalaba en su obra que a los legisladores se les puede perdonar su ignorancia, pero a los magistrados no. Editado en 1904, «Jurisprudencia en broma y en serio» puso en ridículoal sistema alemán de fines del siglo XIX que se oponía, mediante regulaciones y fallos abstractos, a la revolución industrial. Es una crítica profunda a la intervención estatal en la economía y en la libertad dirigida a los burócratas que, con un «fumus» de solemnidad, deformaban los principios del Derecho hasta entronarlos en el ridículo cielo de los conceptos carentes de practicidad. Lo que parece decir la Justicia es que no vale la pena ni siquiera cumplir con las formalidades si el sistema político es capaz de repudiar la deuda.

    Habría que pensar en la reestructuración de deuda del gobierno actual. El Banco Central no intervino para no «quedar pegado» en el default. El Congreso sólo recibió una elevación del Poder Ejecutivo Nacional por la negativa: el PEN no acudió al Congreso a buscar una autorización explícita para pagar la deuda en default en positivo, sino para no abonar la de los tenedores que no aceptaran ese canje. La sombra de la intervención judicial se cierne sobre el gobierno saliente si a cualquiera se le ocurre formalizar una denuncia en el futuro. Como bien señala la Ley de Murphy, nada es tan sencillo como parece a primera vista. Hay algo trágico que siempre se oculta.

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