El Gobierno porteño anunció que se prorrogan los vencimientos del impuesto inmobiliario, que los vecinos pagan con las tasas de Alumbrado, Berrido y Limpieza (ABL) hasta el término previsto del aislamiento obligatorio que está en vigencia .
Larreta corre vencimientos de Ingresos Brutos, ABL y Patentes
El Gobierno porteño alargó los plazos para permitir que obligaciones que se abonan este mes se extiendan hasta el 27.
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De esa manera, los pagos de la cuota 4 de ABL que debían concretarse el 7 y 14 de abril pasado,se podrán abonar hasta el 27 de este mes.
La cuota 2 de las patentes de vehículos, que vencía el 8 y 15 de este mes, también pasó para el 27.
Las medidas incluyen la posibilidad de pagar los tributos mediante Mercado Pago, como una opción para no interrumpir la cuarentena.
La AGIP (Administración General de Ingresos Públicos) señaló que también se prorroga el plazo para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para todos los Contribuyentes Locales correspondiente a marzo, que vencen en estos días. Esos vencimientos operarán del 27 de abril al 4 de mayo, según terminación del número de CUIT.
De acuerdo con los datos de la Agip, la medida beneficia a 116 mil contribuyentes, en su mayoría pymes.
En otro sentido, se estableció que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 14 y 27 de abril ambos fecha inclusive.
Otros vencimientos que se postergan hasta el 27 de abril próximo son los de presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad, correspondientes al período marzo de 2020 que ya está vencido; el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación sólo se efectúa de modo presencial; los planes normados por el Decreto Nº 606/1996, operando los vencimientos originales en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 26 de abril y el pago de los gastos y honorarios correspondientes acogimientos a planes de facilidades de pago de deuda en instancia judicial cuyos vencimientos originales operaron en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 26 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.
Para los incluidos en el plan de facilidades por la Resolución 249 de AGIP del 2008, el organismo porteño dispuso que “sean susceptibles de regularización las obligaciones en mora con vencimiento anterior al 1 de marzo” pasado, “así como las deudas originadas en caducidades de planes de facilidades anteriores a la fecha indicada”.
También resolvió “hasta el 31 de mayo de 2020 una condonación total de interés por pago al contado en una sola cuota y en caso de que se pague en hasta 12 cuotas, condonación del 50% de los intereses resarcitorios y condonación del 100% de los intereses por financiación”.
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