23 de septiembre 2004 - 00:00

Legislatura porteña aprobó controlar marchas piqueteras

La Legislatura porteña aprobó esta noche el artículo 78 del Código Contravencional que dice que las protestas en la vía pública se sancionaran con multas de 200 a 1.000 pesos, o con 1 a 5 días de trabajos de utilidad pública, mientras que el organizador podrá sufrir de 1 a 5 días de arresto. Además, esta noche se aprobó por 33 votos contra 20 que la "oferta y demanda de sexo" callejera, estará prohibida "en los espacios públicos no autorizados y podrá ser sancionada con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de 200 a 400 pesos".

La aprobación del artículo 78 obtuvo 41 votos a favor y 12 en contra y el texto final fue propuesto por el justicialista Helio Rebot, de Compromiso para el Cambio, si bien la presidenta del bloque macrista Gabriela Michetti votó en contra.
 
El debate de este artículo contó con más de veinte oradores cuyas intervenciones se extendieron durante más de tres horas. El artículo aprobado indica que "quien impide u obstaculiza la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos, será sancionado con 1 a 5 días de trabajos de utilidad pública o multa de 200 a 1.000 pesos".
 
"El ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye contravención. A tal fin deberá, con razonable anticipación, darse aviso a la autoridad competente, debiendo respetarse las indicaciones de ésta, si las hubiere, respecto al ordenamiento", agrega.
 
La diputada Vilma Ripoll, de Izquierda Unida, sostuvo que "la protesta o movilización no es contravención" y admitió que hubiese aviso previo de la movilización "si razonablemente" pudieran hacerlo los organizadores. Su iniciativa fue derrotada por 29 votos contra 23.
 
El diputado macrista Jorge Enríquez había propuesto a su vez otro texto donde estipulaba multas de 1.000 a 5.000 o 5 a 15 días de arresto, pero fue rechazado por 36 votos contra 18. La discusión de este artículo fue seguida desde la calle por organizaciones piqueteras, frente a un importante despliegue policial montado para evitar incidentes.
 
La iniciativa para prohibir la oferta sexual reunió 33 votos que aportaron principalmente los bloques 'macristas', 'kirchnerista' y Partido de la Ciudad. Este artículo 81 fue sancionado mediante dos votaciones consecutivas, ya que de inmediato el cuerpo también decidió incluir en texto principal una cláusula transitoria.
 
En esa cláusula se establece que "no se permite la oferta y demanda ostensible de servicios de carácter sexual en espacios públicos localizados frente a viviendas, establecimientos educativos o templos religiosos o en sus adyacencias a una distancia no menor a los 200 metros".
 
Un párrafo que fue incorporado por el diputado Helio Rebot, encargado de fundamentar el proyecto consensuado, determina además que "en ningún caso procede la contravención en base a apariencia, vestimenta o modales".
 
Tras la votación, la bancada "ibarrista" anticipó en voz alta que "presentaremos un recurso por la anticonstitucionalidad" de la referida "cláusula transitoria".

Los legisladores Ariel Schifrin y Sandra Dosch, por su parte, propusieron que el Cuerpo ratificase la votación en forma nominal.

Entonces el resultado mostró los 33 votos que respaldaron el proyecto que ya había sido votado por una mayoría difusa.

El diputado Julio De Giovani, presidente de la comisión de Justicia, uno de los principales gestores del proyecto, puso énfasis en afirmar que con esta sanción "en primer término queremos sacarle el problema de la puerta de la casa, en segundo lugar queremos, de alguna manera, terminar con las 'cajas negras' de la policía corrupta y en tercer lugar, debemos respetar a las trabajadoras del sexo".

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