3 de febrero 2026 - 14:25

Ley de Glaciares: la reforma que impulsa el Gobierno reabre la disputa por el federalismo ambiental

Las modificaciones que impulsa Javier Milei reabren la polémica y el debate en torno a una medida que conecta varias aristas importantes para el desarrollo productivo y económico.

la Ley de Glaciares volverá a debatirse en el Congreso.

la Ley de Glaciares volverá a debatirse en el Congreso.

La reforma de la ley N° 26.639, que regula los presupuestos mínimos ambientales para la protección de glaciares y ambiente periglacial, ingresó al temario de las sesiones extraordinarias del Congreso y activó una de las discusiones más sensibles de los últimos años, vinculada al medio ambiente y la productividad. El debate en particular probablemente tenga lugar el próximo martes 10 de febrero, en medio de un clima de fuerte tensión política y social.

El Gobierno, encabezado por el presidente Javier Milei, impulsó el proyecto con el objetivo de redefinir el alcance de la norma vigente y ampliar la capacidad de decisión de las provincias sobre sus recursos naturales. La iniciativa se presentó como una corrección técnica, pero generó un amplio rechazo de sectores científicos, jurídicos y ambientalistas.

El eje del conflicto se concentró en un punto clave: mientras la ley actual prohibió de manera expresa la exploración y explotación minera e hidrocarburífera en glaciares y periglaciares, el nuevo texto habilitó a las autoridades provinciales a autorizar determinadas actividades productivas bajo su competencia.

Senado Sesión
El Senado debatirá la reforma en la Ley de Glaciares.

El Senado debatirá la reforma en la Ley de Glaciares.

Presupuestos mínimos de la ley de Glaciares e intervención

Desde el punto de vista constitucional, la discusión no resulta menor. La Constitución Nacional, en su artículo 41, estableció que la Nación dicta los presupuestos mínimos de protección ambiental, mientras que las provincias conservan la facultad de dictar normas complementarias.

La pregunta de fondo fue si la ley de Glaciares constituyó ese piso infranqueable o si, en los hechos, configuró un régimen de prohibición absoluta.

El proyecto oficial planteó que la norma vigente restringió de forma excesiva la capacidad de las provincias para gestionar recursos cuyo dominio originario les pertenece.

En contraposición, el Observatorio de lo Silvestre advirtió que la reforma “desmantela la esencia misma de las leyes de presupuestos mínimos”, al permitir que las jurisdicciones locales perforaran el umbral de protección nacional.

En esa línea, la abogada ambientalista Valeria Brunone sostuvo que el texto “no actualiza la ley, sino que la desnaturaliza”, al introducir excepciones donde existieron prohibiciones claras y debilitar el principio precautorio. Según explicó, esto implicó “un retroceso normativo tuitivo en beneficio de un único sector económico”.

Qué cambia la reforma artículo por artículo

El informe técnico del Observatorio de lo Silvestre detalla que el proyecto modifica el objeto de la ley en su artículo 1, al incorporar que la protección de glaciares y ambiente periglacial debe interpretarse de forma compatible con la utilización racional de los recursos naturales.

En el artículo 3, el texto introdujo el concepto de funciones de reserva estratégica de recursos hídricos, y transforma al Inventario Nacional de Glaciares en un instrumento de “consulta”, debilitando su carácter técnico-científico vinculante.

Además, se incorporó un artículo 3 bis, que establece que si la autoridad competente constata que un glaciar no cumple funciones hídricas estratégicas, queda excluido de la protección legal. En el artículo 5, se habilita la posibilidad de eliminar glaciares del inventario a partir de decisiones administrativas locales.

Respecto de las actividades prohibidas, el artículo 6 traslada a las provincias la determinación de qué actividades implican una alteración relevante mediante la Evaluación de Impacto Ambiental, y elimina la Evaluación Ambiental Estratégica como requisito obligatorio.

Para Brunone, este esquema implica “una violación de la cláusula ambiental constitucional” y del Tratado de Escazú, al invertir la lógica de “prohibir para prevenir” por la de “autorizar si no se prueba el daño”.

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La Ley de Glaciares actual busca resguardarlos para conservarlos como reserva de agua.

La Ley de Glaciares actual busca resguardarlos para conservarlos como reserva de agua.

En esa línea, según Karina Maschio, representante del Observatorio de lo Silvestre, la modificación implica una "búsqueda de de dinero inmediato, en contra de lo que es la sostenibilidad a largo plazo. Nosotros tendríamos plata ya, pero no tendríamos agua después, porque es debilitar las restricciones ambientales, como bajar las prohibiciones y poder hacer lo que ahora está prohibido, poder hacer lo que ahora está protegido".

"Se juegan intereses económicos a cambio de que los glaciares se pierdan, y si se pierden los glaciares, perdemos todos. Perdemos agua, perdemos un regulador ambiental, perdemos hábitat para mucho mucha fauna que que vive en ese ambiente", agregó.

El rol del Inventario y la voz de la ciencia

La investigadora del CONICET Gabriela Trilla, que participó en la implementación de la ley desde la gestión pública, remarcó que el debate omite el funcionamiento real del sistema vigente. “La ley es clara porque tiene un inventario nacional de glaciares que identifica todas las geoformas, tanto glaciares como ambiente periglacial”, explicó.

Trilla subrayó que dentro del ambiente periglacial se encuentran los glaciares de escombro, formaciones de roca con agua en los intersticios, que se detectaron por su geomorfología particular y quedaron inventariadas y protegidas. “Eso no es algo alrededor del glaciar, es glaciar”, afirmó.

Según la especialista, el inventario funciona como el presupuesto mínimo, mientras que las provincias conservan la potestad de decidir qué actividades se realizan alrededor de esas geoformas a través de instrumentos de gestión. “Lo que no se puede es desproteger los glaciares, porque eso es el piso”, señaló.

Además, recordó que el inventario cuenta con validaciones técnicas, sociales y jurídicas, incluida la de la Corte Suprema de Justicia en 2019, que reconoció su valor legal. En ese sentido, remarcó el principio de no regresión ambiental: “Lo que ya está inventariado no se puede desproteger”.

Impacto ambiental, fauna y protección de bienes comunes de la Ley de Glaciares

Maschio, también presidenta de Kai Pacha, advirtió que la reforma agrega presión sobre glaciares ya amenazados por el cambio climático. “Debilitaríamos una reserva estratégica impresionante”, sostuvo, y recordó que "Argentina es uno de los pocos países del mundo que aún conserva glaciares activos".

Maschio enfatizó que el debate no se limita a los glaciares más conocidos. “No estamos hablando solo del Perito Moreno, hablamos de un ambiente que recorre cuatro mil kilómetros de cordillera”, señaló, donde habitan especies como el huemul, el puma, el guanaco, el cóndor y numerosas aves de altura.

Minería Inteligencia Artificial

También alertó sobre los impactos indirectos en lagunas y humedales altoandinos. “Los flamencos verían reducido su espacio de agua y comprometido dónde nidificar”, explicó, y se preguntó: “¿Dónde irían esas especies?”.

Para Maschio, la modificación tuvo además un efecto político: “Se empieza a tratar a los territorios como negociables sin consulta suficiente a la comunidad científica". En una metáfora contundente, comparó la iniciativa con “una cacería garantizada”, en la que el trofeo se llevó “en oro, en cobre o en lo que fuera”.

Minería, inversiones y el trasfondo económico

El debate cobró especial relevancia por el peso creciente de la minería en provincias cordilleranas como San Juan, Catamarca, Jujuy y Salta, donde los gobiernos locales reclamaron mayor margen de decisión para atraer inversiones.

Según datos citados por Brunone, hasta el 75% de las áreas con potencial minero se encuentran dentro de zonas protegidas por la ley vigente.

Para los defensores de la reforma, la norma actual genera “inseguridad jurídica” y bloquea proyectos vinculados al litio y al cobre, enmarcados en la transición energética. Para los críticos, ese argumento oculta una priorización de intereses económicos de corto plazo sobre la seguridad hídrica y los derechos de las generaciones futuras.

En este punto, Brunone recordó que la Corte Suprema sostuvo que “el ambiente es un bien colectivo, de pertenencia comunitaria, de uso común e indivisible”, y que el desarrollo económico no puede realizarse a costa de la degradación ambiental.

Un debate abierto sobre el modelo de desarrollo

La historia reciente mostró que esta tensión no fue nueva. En 2008, el Congreso sancionó una primera Ley de Glaciares que fue vetada por el Poder Ejecutivo. En 2010, se aprobó la actual ley N° 26.639, con un enfoque de máxima protección ambiental.

Quince años después, el contexto cambió, pero la pregunta central se mantuvo: cómo equilibrar desarrollo económico, federalismo y protección de bienes comunes estratégicos como el agua.

Para Maschio, la discusión dejó una conclusión clara: “Los glaciares son un bien común, el agua es un bien común, esto no se puede tocar”.

Para Trilla, el límite fue jurídico y técnico: cualquier modificación no debe ser regresiva. Para Brunone, la reforma puso en riesgo el Estado de Derecho Ambiental construido en las últimas décadas.

En ese cruce de miradas, el Congreso vuelve a discutir no solo una ley, sino el modelo de país que se proyecta sobre uno de sus recursos más frágiles y estratégicos.

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