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La aprobación de la ley fue resistida por los empleados de la legislatura puntana que veían peligrar la estabilidad laboral lograda en ambas cámaras.
Por ello la norma establece que se abrirá un registro para que el personal de planta permanente o contratado que en forma voluntaria solicitaren cumplir funciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, sea remitido al ministerio de Hacienda y en caso de existir conformidad entre las partes, se celebrará el respectivo traspaso de dichos agentes, el que deberá respetar los derechos laborales adquiridos por los mismos.
Por otra parte y en su artículo 7º establece que los legisladores asumirán el pago de las remuneraciones del personal que revista como personal político transitorio asegurando total desvinculación en la relación de dependencia laboral, salarial, previsional y fiscal con el Estado Provincial.
A estos efectos, se dispuso que cada legislador reciba 12 módulos anuales, equivalente cada uno a un haber bruto.
Adicionalmente, con dichos módulos, asumirán los gastos de insumos, de telefonía celular, de asesoramiento, de gestoría, y de servicios técnicos y profesionales, que su actividad como legislador le genere para el cumplimiento de su función.



