11 de febrero 2003 - 00:00

Pedido de que no se vote en abril pasa a la Cámara

La jueza María Servini de Cubría concederá hoy la apelación que hizo el abogado Ricardo Monner Sans a su decisión de rechazar un pedido para que se declare inconstitucional la Ley de Acefalía y la convocatoria a las elecciones del 27 de abril.

En un fallo emitido el jueves pasado, la magistrada cuestionó la «legitimación activa» del letrado para hacer el reclamo y avaló el llamado a los comicios, tal como se lo había pedido el presidente Eduardo Duhalde.

Hoy la magistrada le abrirá al abogado la vía del reclamo ante la Cámara Nacional Electoral, que no tiene un plazo fijo para resolver la cuestión.

«Se me dice que no tengo agravio directo respecto de lo que vengo planteando. Digo: si se mantiene la validez de estas normas, ocurre que estoy obligado a concurrir a votar respecto de comicios convocados de manera anticonstitucional»
, sostuvo Monner Sans.

El abogado atacó la decisión de la jueza en un escrito entregado hoy ante la Cámara Electoral, donde también aseguró que Servini falló sin pedir previamente un dictamen fiscal, tal como lo prevén las normas.

«Esto es de inusitada grave-dad en un tema de esta naturaleza, porque la norma es imperativa y no facultativa»
, remarcó el abogado, quien por esa cuestión pidió que la Cámara ordene que se dicte una nueva sentencia de primera instancia, con la exclusión de Servini.

La jueza dispuso anoche dar curso a la apelación para que defina la Cámara si la decisión de resolver la cuestión sin que el fiscal solucione el problema de fondo se ajusta a la ley de procedimientos. Si Servini hubiera rechazado esta apelación, Monner Sans hubiera podido recurrir «en queja» ante la Corte Suprema de Justicia.

Monner Sans
pidió que se declare inconstitucional la Ley de Acefalía (25.716) modificada por el Congreso, porque «es infractora del artículo 88 de la Constitución Nacional, puesto que consagra la posibilidad de ocupar el vacante cargo de presidente de la Nación por siempre a quien no es funcionario público».

El abogado interpretó, además, que es inconstitucional la ley de convocatoria a elecciones (25.684) porque, según el artículo 95 de la Constitución Nacional, debe hacerse «dos meses antes de la conclusión del mandato del presidente en ejercicio».

«Si es inconstitucional la Ley de Acefalía, no puede fijarse el 27 de abril para el llamado a elecciones que es para el período presidencial que va desde el 10 de diciembre de 2003 hasta el 10 de diciembre de 2007», sino que debe hacerse a partir del 10 de octubre
, señaló.

La acción del amparista fue rechazada el jueves último en la misma jornada en la que la magistrada resolvió la «acción declarativa» presentada por Eduardo Duhalde y ratificó los comicios para el último domingo de abril.

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