11 de abril 2003 - 00:00

Perjudica a R. Saá fallo que recorta elección en S. Luis

En un golpe a la estrategia política de Adolfo Rodríguez Saá, quien planeaba movilizar a todo el aparato partidario en una amplia elección, la Corte Suprema hizo lugar a medidas cautelares promovidas por la oposición sanluiseña contra la caducidad de los mandatos dispuesta por la Legislatura local. Así, el 27 de abril no habrá comicios para cargos legislativos que vencían en 2005 y tampoco para intendente y concejales.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar ayer a dos pedidos de amparo promovidos por legisladores de la oposición política contra la caducidad de todos los mandatos dispuesta por la Legislatura de esa provincia, y el llamado a elecciones en la ciudad de San Luis que al convocar a comicios provinciales para el 27 de abril incluyó a la capital provincial. De esta manera, al menos el último domingo de abril, no habrá renovación para aquellos casos en que los mandatos vencen en 2005 y tampoco para intendente y concejales en el principal distrito electoral provincial. Un fuerte golpe a la idea de Adolfo Rodríguez Saá de juntar, en beneficio de su candidatura presidencial, todas las elecciones en su provincia el mismo día.

El gobierno provincial mantuvo riguroso silencio anoche cuando llegó desde Buenos Aires la noticia. Se dijo que hasta no ser notificados no fijará posición. Es decir que no estaba en condiciones de confirmar si, pese a la decisión de la Corte, buscará la forma de realizar la compulsa electoral al menos en lo que respecta a los cargos que sí estaban originalmente en condiciones de ser renovados.

La Corte se declaró competente en los recursos que había interpuesto un grupo de legisladores de la ex Alianza, encabezados por Juan Cristóbal Barbeito y el intendente Carlos Ponce que directamente recurrieron a la máxima instancia judicial nacional, mientras otros dirigentes optaron por agotar la instancia provincial.

•Novedoso

La intervención de la Corte fue considerada como un hecho novedoso si se tiene en cuenta el caso Catamarca. Pero además se entendió como un fuerte revés para la movida encabezada por el jefe político del peronismo sanluiseño y candidato presidencial, Adolfo Rodríguez Saá.

El grupo de legisladores opositores cuestionó por «inconstitucional» la Ley de Caducidad de Mandatos al considerar que por vía de la enmienda las cámaras legislativas reformaron más de un artículo de la Constitución Provincial que sólo habilita a modificar uno de sus artículos por vez. Su argumento fue que esa norma reformó varios artículos, todos aquellos que determinan la duración del tiempo de ejercicio en la función. La Ley de Acortamiento que sancionó la Legislatura por los dos tercios invitaba a todos aquellos que ejercían puestos electivos a presentar sus renuncias y, de no hacerlo, en un determinado plazo, se activaba automáticamente la cláusula que imponía la caducidad. Ocurrió que todos los dirigentes del oficialismo (la gobernadora Alicia Lemme, los legisladores nacionales y provinciales, intendentes y concejales y sus suplentes) y algunos de la oposición ya dimitieron. Los únicos que no lo hicieron fueron aquellos opositores que recurrieron a la instancia judicial.

•Facultad

En el caso del intendente Carlos Ponce, que es el candidato a gobernador del opositor Frente Juntos por San Luis atacó el llamado a elecciones porque alcanzaba a la capital provincial. Su fundamento fue que la Municipalidad de San Luis por «la autonomía institucional» tiene la facultad de fijar la fecha de la renovación de autoridades. De hecho estableció los comicios para el 5 de octubre venidero y presentó candidatos para el 27 de abril dejando sentado que había planteado la reserva ante la Corte Suprema de Justicia.

Los pronunciamientos de la Corte implican en los hechos que
sólo podrá producirse el recambio parcial de los representantes ante el Congreso Nacional, las cámaras legislativas, y los concejos deliberantes y aquellos intendentes cuyo mandatos vencen en diciembre, el 27 de abril o en otra fecha que se decida si posterga la general. Y que el intendente Ponce tiene la atribución para determinar el momento en que se deben realizar las elecciones en su jurisdicción.

Anoche, desde el gobierno provincial prefirieron no formular ningún tipo de comentario sobre las resoluciones de la Corte hasta tanto no conocer la letra escrita del Alto Tribunal. Lo cierto es que algunos funcionarios de primera línea se enteraron cuando este diario los consultó y no esperaban para ayer el pronunciamiento que todavía no había sido firmado por los ministros. En tanto, al cierre de esta edición el apoderado de los legisladores sanluiseños,
Ricardo Gil Lavedra, tampoco había sido notificado oficialmente.

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