Los delitos que motivaron la prisión de los condenados de La Tablada son: asociación ilícita calificada, en concurrencia real con rebelión, el que concurre idealmente con los delitos de usurpación, homicidio doblemente agravado reiterado (10 ocasiones), múltiple homicidio en grado de tentativa doblemente agravado (12 ocasiones) y robo agravado por su comisión con armas reiterado (3 ocasiones).
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
También fueron considerados coautores de privación ilegal de libertad calificada por haberse cometido como medio de coacción reiterada (4 ocasiones), una de las cuales se agrava también por resultar grave daño en la salud del ofendido, otra por resultar la muerte de la persona; lesiones graves reiteradas (3 ocasiones) y lesiones leves reiteradas (8 oportunidades).
En cuanto a los detenidos fuera del cuartel o que se presentaron espontáneamente a la Justicia, quien recibió mayor pena fue el cura Antonio Puigjané, condenado a 20 años de prisión y que, por ser mayor de 70 años, cumple arresto domiciliario en un convento del barrio porteño de Coghlan.
A 15 años de prisión fue condenada Dora Molina, que cumple régimen de salida transitoria; a 13 años fueron condenados Daniel Gabioud Almirón y Miguel Angel Faldutti, quienes hoy gozan de libertad condicional.
Ya cumplieron las penas a las que fueron condenados Juan Manuel Burgos, Cinthia Castos, en ambos casos 11 años de prisión, y Carlos Abella, 10 años.
Si bien Enrique Gorriarán Merlo, líder del MTP, y su ex esposa Ana María Sívori se encuentran en huelga de hambre, la conmutación de pena no los alcanzará ya que ambos accedieron a la segunda instancia judicial, que es en definitiva lo que reclama la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En 1995, Gorriarán Merlo, capturado ese año en México cuando se encontraba prófugo, fue condenado a cadena perpetua por liderar el copamiento, asociación ilícita calificada, rebelión, usurpación, homicidio doblemente calificado, tentativa de homicidio, robo agravado y privación ilegal de la libertad agravada por lesiones leves y reiteradas.
Por su parte, Sívori, quien también se encontraba prófuga, cumple desde 1994 la pena de 18 años de prisión como autora de asociación ilícita calificada y partícipe secundaria de los delitos de rebelión, homicidio, robo agravado, lesiones graves y leves reiteradas y coautora de uso de documento público falso.
Dejá tu comentario