¿Postergación o adelanto?
Se ha instalado en la discusión política una falacia: que Néstor Kirchner podría adelantar las elecciones presidenciales para el primer trimestre de 2007. En rigor, es la Constitución la que lo obliga, ya que establece (artículo 91) que él no puede gobernar más que cuatro años. Son leyes, inferiores a la Constitución, las que evadieron ese precepto. Sobre todo, la de Acefalía, que le otorga a Kirchner más tiempo en el poder que el que permite la Carta Magna. Los jueces electorales no se pronuncian sobre esta divergencia. Y Cristina Kirchner, custodia de los intereses institucionales de su marido, ordenó a sus colaboradores que estudien estas alternativas que ofrece la contradicción entre normas de distinta jerarquía. Es un ejercicio vano preguntar cuándo decidirán la fecha de los comicios. Será, seguramente, cuando más le convenga al gobierno, según sea la marcha de la economía, la crisis energética, el humor popular. La ley, también en este caso, es lo de menos.
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Néstor Kirchner
Gracias a esta aclaración, que podría interpretarse como una transgresión confesa de la Carta Magna, Kirchner dijo mil veces, entre el 25 de mayo y el 10 de diciembre de 2003, «recuerden que no comencé todavía mi mandato». Por eso en esa segunda fecha realizó una ceremonia de «reasunción» del poder, para un mandato que terminaría el 10 de diciembre de 2007. Dentro de esta arquitectura se incluyó otra reforma legislativa en 2004: el Código Nacional Electoral establece, en su artículo 53, que los comicios para autoridades nacionales se realizarán el cuarto domingo de octubre anterior a la fecha de vencimiento de los mandatos. Para la elasticidad normativa de la Argentina, la determinación de una fecha electoral que no admite manipulaciones por parte del Poder Ejecutivo apareció como un salto de calidad inusual.
Pero si los estudios de la asesora Loira prosperan, ella advertirá que no se necesita proyectar ninguna norma nueva para complacer la hipótesis de su jefa: es decir, que las elecciones se realicen antes de ese cuarto domingo de octubre, entre el 25 de marzo y el 25 de mayo del año próximo. Bastaría con que un juez federal con competencia electoral determine la inconstitucionalidad de la Ley de Acefalía en el párrafo en el que le otorga al presidente más tiempo de mandato que el que fijó la Constitución. Hasta ahora ningún magistrado lo hizo. Por eso tampoco la Cámara Nacional Electoral se pronunció. Dicho más sinceramente: Kirchner le debe a ese silencio de los jueces la posibilidad de seis meses y medio más en el poder.
Es posible, como sospechan ya dirigentes encumbrados de la oposición, que los estrategas del gobierno no quieran definir ahora a cuál norma atarse. Si a la Ley de Acefalía que le permite concluir el mandato el 10 de diciembre y, en consecuencia, someterse a elecciones en octubre, o al texto liso y llano de la Constitución, que le prohíbe estar en el poder más de cuatro años. Como se lee en «Martín Fierro», «la ley es como el cuchillo, no corta al que la maneja». Por lo tanto, para que rija un criterio u otro, acaso no sea tan importante el pronunciamiento de la Justicia como otros indicadores: la salud de la economía, los niveles de inflación, la resistencia del sistema energético, en definitiva, el humor popular respecto del candidato Kirchner, quien ya cuenta con un dispositivo normativo convenientemente ambiguo como para que rija, a lo Almodóvar, la ley del deseo.



