28 de marzo 2020 - 11:15

Provincia: nuevo sistema para que los municipios controlen precios de productos esenciales

Se establece un listado de unos 2.100 productos esenciales cuyos precios deben retrotraerse al valor vigente al 6 de marzo de 2020. No podrán ser aumentados durante 90 días corridos.

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Imagen: Wikipedia

Frente a la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus COVID-19, el gobierno bonaerense creó el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios de Productos Esenciales (SIMAP), que establece un listado de unos 2.100 productos esenciales cuyos precios deben retrotraerse al valor vigente al 6 de marzo de 2020. Estos precios no podrán ser aumentados durante un período de 90 días corridos, contados a partir de su entrada en vigencia.

Estarán obligados a cumplir con lo establecido los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas; todos los comercios que realizan venta minorista de productos de consumo masivo; almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, y las personas jurídicas y humanas que participen de las distintas etapas y cadenas de producción, distribución y comercialización intermedia y final de cada uno de los productos declarados esenciales.

VID-20200328-WA0014.mp4

Además, establece que los integrantes de la cadena de producción, distribución y comercialización de esos bienes deberán mantener los niveles de producción y abastecimiento hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión. También deberán informar semanalmente los precios y avisar inmediatamente en caso de que no puedan cumplir con sus obligaciones, denunciando a través de un formulario web cuáles son las causas.

El monitoreo y fiscalización del cumplimiento de las normas se llevará a cabo en forma conjunta por el gobierno nacional, provincial y municipal, mediante controles en todo el territorio de la Provincia.

DECRE-2020-05944334-GDEBA-GPBA.pdf

Aquellos comercios en los que los inspectores encuentren incumplimientos al Decreto 177/20 sin que se hayan brindado previamente las justificaciones correspondientes serán pasibles de todas las sanciones establecidas en la Ley de Abastecimiento, desde multas, clausuras, inhabilitaciones, comiso de mercaderías y productos o suspensión de registros.

Finalmente, los consumidores podrán, a través de un sitio web, consultar precios de referencia y denunciar incumplimientos de precio o alertar por falta de abastecimiento.

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