6 de septiembre 2001 - 00:00

Proyecto en Diputados por intimidación de Stornelli

«El Sr. Fiscal ha cometido un grave error, porque justamente la Constitución habla de imprenta protegiendo todo el proceso periodístico que nace en la decisión de publicar algo, pasando por la investigación, la preparación de la nota y su publicación», expresa un proyecto de resolución presentado ayer en la Cámara de Diputados por el legislador Teodoro Funes. Lo hizo en relación al intento del fiscal Carlos Stornelli de impedir críticas a sus resoluciones por parte del diario Ambito Financiero.

Stornelli es el fiscal que en una interpretación propia de la «asociación ilícita» propuso y logró que el juez Jorge Urso detuviera en Don Torcuato al ex presidente Carlos Menem. Agrega el diputado nacional Funes: «No cabe duda que algunos medios mienten, denigran, insultan y hasta inventan argumentos para defender posiciones que pueden resultar espurias. Pero el caso que consideramos no parece tener ninguno de los componentes que pueden dar lugar a creer que el medio esté actuando más allá de los generosos alcances constitucionales; más bien pareciera que está analizando y opinando con argumentos sólidos sobre un tema tan importante como los alcances de la asociación ilícita y la posibilidad que tal figura alcance al Presidente de la Nación y su Gabinete. En este sentido el Medio disiente con el Señor Fiscal y lo enfrenta con todas las herramientas que el uso de la libertad de imprenta le permite».

El martes este diario publicó las dos cartas documento que le envió el fiscal Stornelli y la que le envió en respuesta el director de Ambito Financiero negándose a rectificarse y silenciarse como le exige el funcionario público.

El pedido de resolución de Funes agrega: «Este pedido de informes no busca polemizar sobre las ideas, propuestas y resoluciones del Señor Fiscal, sino que apunta directamente a la defensa de los derechos y garantías que la Constitución nacional asigna a la información pública y a quienes ejercen el periodismo».

«No comprendo por qué el Señor Fiscal considera que su persona, ideas y acciones se desarrollan en el campo idílico de resoluciones que sólo están a disposición de sus pares, en una clara discriminación de los derechos del pueblo.»

«Decir que sólo un abogado puede juzgar los actos de otro abogado aunque se lo haga tenuemente al asegurar en su segunda carta que: 'Son numerosos los comentarios de letrados y periodistas', agregando más adelante: 'las primeras aunque no las comparta o me disgusten debo admitirlas y respetarlas', es lo mismo que negarle al abogado en función de juez juzgar los actos de un contador o un ingeniero, porque sólo debe respetarse la opinión o juzgamiento de la corporación.

»No hay dudas que estamos en presencia de un disparate social, jurídico y republicano, promovido por un funcionario del Estado que considera sus actos como hechos juzgables por los dioses del Olimpo y no por vulgares humanos como podemos ser considerados los ciudadanos de este país», concluye sus fundamentos el diputado Funes.

El proyecto, si se aprueba en Diputados, va dirigido a la Procuración General de la Nación y expresa:

1.- Si es correcta la información del diario
Ambito Financiero que consigna que el Señor Fiscal Carlos Stornelli habría enviado dos cartas documento al citado medio, con referencia a su línea editorial.

2.- Si es correcto que el Fiscal en la primera misiva le exige al diario que dentro de los cinco días publique una declaración expresando que «las manifestaciones deshonrosas hacia mi persona son y han sido injustificadas y sin fundamento».

3.- Si es correcto que en la segunda carta lo intimó al director del diario a que publique una declaración expresando lo mismo.

4.- Si es correcto que la segunda carta indica en su inicio: «Mi actuación profesional institucional en la causa llamada de 'contrabando de armas' ha provocado que usted desatara una campaña de descrédito y desprestigio de mi persona».

5.- Que el Señor Fiscal indique:

¿Qué diferenciación hace entre libertad de prensa y libertad de imprenta ya que según lo indicado en el artículo 32 de la Constitución nacional, cuando ésta habla de libertad de imprenta, lo hace justamente para proteger integralmente el proceso de comunicación social, que comienza en la toma de decisión editorial que hace el responsable del medio?

¿Cuáles son a su juicio las razones por las cuales un medio de prensa no puede tomar una posición editorial determinada ante un hecho público que tiene al Sr. Fiscal como uno de sus principales actores? (Tema armas.)

¿Considera que las apreciaciones que puede haber hecho el diario sobre su persona -sean éstas en forma de notas, opiniones o humor gráfico-son distintas y merecen un tratamiento diferenciado, respecto de las que se hacen, dirigidas a otros funcionarios, en distintos medios del país?

¿Existe alguna razón por la cual considere que no debe estar sometido al escrutinio, investigación, información pública, etc., que proporciona la prensa a la opinión pública?

¿Cree que merece un tratamiento especial de los Medios de Comunicación Social por su condición de Fiscal; de actor privilegiado en la causa de contrabando de armas o por alguna otra razón especial?

El accionar del fiscal Stornelli para silenciar a
Ambito Financiero y evitar críticas, caricaturas y cualquier infografía que lo incluya por ahora no la encaró en el área penal sino en el civil. Por intermedio del abogado de su parte, Rubén P. Cueva, presentó un recurso por daños y perjuicios contra el diario y su director y logró la audiencia de conciliación para el 12 de setiembre próximo.

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