28 de marzo 2003 - 00:00

Lanzan un amplio plan de pago para deudores

En los casos en que se opte por pagar en mayor cantidad de cuotas, habrá una bonificación de 10 por ciento de descuento por buen cumplimiento en cada una de ellas. Los siguientes son los alcances que el plan de pago tendrá sobre cada tributo:c INMOBILIARIO. Los denominados planes sociales comprenden a las viviendas únicas cuya valuación fiscal sea inferior o igual a $ 60 mil y ofrece dos posibilidades de acceso, en las que los contribuyentes pueden optar por regularizar el total o parte de la deuda. En el caso de viviendas con valuación menor a 44 mil pesos el plan incluye los últimos cinco períodos impagos, mientras que la deuda anterior, si bien debe ser reconocida por el contribuyente, solamente será exigible por Rentas a partir de febrero de 2004. La deuda por los cinco períodos se podrá abonar en hasta 8 cuotas, que no se deben superponer con el mes de vencimiento del impuesto corriente. Si el contribuyente opta por pagar en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, tendrá que regularizar el total de la deuda. Los deudores propietarios de inmuebles urbanos con valuación superior a 60 mil pesos, los que adeuden el impuesto inmobiliario baldío, los que deban el rural y los deudores que tengan más de un inmueble también pueden ingresar al plan.
En estos cuatro casos podrán pagar
50 por ciento de la deuda en hasta tantas cuotas (mensuales, iguales y consecutivas) como vencimientos se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2003. El saldo restante se podrá cancelar en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que vencerán a partir del 1 de enero de 2004 y los intereses por mora se calcularán a 2 por ciento mensual acumulativo (excepto el período julio-noviembre de 2002 que es de 4 por ciento).
c AUTOMOTORES. El plan social corresponde a aquellos vehículos con valuación fiscal inferior a 5 mil pesos que podrán regularizar su situación abonando 5 por ciento de la deuda al contado, y el saldo en hasta 12 cuotas, con una cuota mínima de 20 pesos. El otro plan abarca a los demás vehículos con deuda y podrán ponerse al día abonando 5 por ciento de la deuda al contado y el saldo en hasta 6 cuotas; los intereses por mora también se calcularán a 2 por ciento mensual acumulativo (excepto el período julio-noviembre de 2002 que es de 4 por ciento).
c INGRESOS BRUTOS. Hay tres planes: los contribuyentes con ingresos en 2002 inferiores o iguales a 144 mil pesos, no incluidos en el convenio multilateral, podrán regularizar parte o el total de la deuda. Si decide regularizar toda la deuda, podrá pagar en 36 cuotas; si decide ponerse al día con una parte, se incluirán en el plan los períodos impagos de los años 2000, 2001 y 2002; la deuda anterior, que deberá ser reconocida por el contribuyente, sólo será exigible por Rentas a partir de febrero de 2004. Aquellos contribuyentes con ingresos en 2002 superiores a 144 mil sólo podrán regularizar el total de la deuda, podrán pagar al contado u optar por pagar 50 por ciento de la deuda en hasta tantas cuotas como vencimientos se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2003; y el saldo restante se podrá abonar en hasta 36 cuotas a vencer a partir del 1 de enero de 2004. Los contribuyentes incluidos en el convenio multilateral también tienen la posibilidad de abonar 15 por ciento de su deuda al contado con Bocanoba o Boconba (hasta 500 pesos) y el saldo en pesos, patacones o Lecop; calculándose 2 por ciento mensual acumulativo de interés por mora (excepto el período julio-noviembre de 2002, que es de 4 por ciento).

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