28 de marzo 2003 - 00:00
Lanzan un amplio plan de pago para deudores
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En estos cuatro casos podrán pagar 50 por ciento de la deuda en hasta tantas cuotas (mensuales, iguales y consecutivas) como vencimientos se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2003. El saldo restante se podrá cancelar en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas que vencerán a partir del 1 de enero de 2004 y los intereses por mora se calcularán a 2 por ciento mensual acumulativo (excepto el período julio-noviembre de 2002 que es de 4 por ciento).
c AUTOMOTORES. El plan social corresponde a aquellos vehículos con valuación fiscal inferior a 5 mil pesos que podrán regularizar su situación abonando 5 por ciento de la deuda al contado, y el saldo en hasta 12 cuotas, con una cuota mínima de 20 pesos. El otro plan abarca a los demás vehículos con deuda y podrán ponerse al día abonando 5 por ciento de la deuda al contado y el saldo en hasta 6 cuotas; los intereses por mora también se calcularán a 2 por ciento mensual acumulativo (excepto el período julio-noviembre de 2002 que es de 4 por ciento).
c INGRESOS BRUTOS. Hay tres planes: los contribuyentes con ingresos en 2002 inferiores o iguales a 144 mil pesos, no incluidos en el convenio multilateral, podrán regularizar parte o el total de la deuda. Si decide regularizar toda la deuda, podrá pagar en 36 cuotas; si decide ponerse al día con una parte, se incluirán en el plan los períodos impagos de los años 2000, 2001 y 2002; la deuda anterior, que deberá ser reconocida por el contribuyente, sólo será exigible por Rentas a partir de febrero de 2004. Aquellos contribuyentes con ingresos en 2002 superiores a 144 mil sólo podrán regularizar el total de la deuda, podrán pagar al contado u optar por pagar 50 por ciento de la deuda en hasta tantas cuotas como vencimientos se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2003; y el saldo restante se podrá abonar en hasta 36 cuotas a vencer a partir del 1 de enero de 2004. Los contribuyentes incluidos en el convenio multilateral también tienen la posibilidad de abonar 15 por ciento de su deuda al contado con Bocanoba o Boconba (hasta 500 pesos) y el saldo en pesos, patacones o Lecop; calculándose 2 por ciento mensual acumulativo de interés por mora (excepto el período julio-noviembre de 2002, que es de 4 por ciento).




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