7 de marzo 2003 - 00:00
Una negociación demasiado extensa
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El decreto 490/03 habilita a la industria local a producir artículos para consumo interno que no se estén produciendo en la zona del Mercosur, en tanto que no habrá restricción para la elabo-
ración de artículos que
tengan destino de expor-
tación.
La norma se encuentra en el marco de la Ley 25.561 -Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario- y de la Ley 19.640, y permitiría a empresas ya radicadas en la isla fabricar computadoras, videojuegos, accesorios de equipos de computación, audio, video y telecomunicaciones y apa ratos de telefonía.
En ese lote se encuentran además registradoras, cámaras fotográficas, instrumental automotor, lectores de códigos de barra, sistemas de alarma y seguridad, instrumentos electrónicos de medición, máquinas de afeitar descartables, lapiceras, encendedores, entre otros.
Estos beneficios podrán ser usufructuados tanto por las empresas ya radicadas como por nuevas.
La opción para acogerse al régimen durará hasta el 31 de diciembre de 2005, en tanto que el límite de aplicación de la promoción será el 31 de diciembre de 2013.



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