19 de diciembre 2018 - 00:04

Corte falló en jubilados contra el Gobierno (Rosenkrantz, diluido)

Mayoría ratificó ISBIC para todos los juicios por reajuste y lo prorrogó hasta que el Congreso apruebe nueva fórmula. Revés para postura oficial. Sorpresiva acordada de tres ministros dejó la presidencia como "sello de goma": no podrá tomar decisiones relevantes.

Carlos Rosenkrantz
Carlos Rosenkrantz

El Gobierno sufrió dos duros golpes en el mismo día. Por mayoría, la Corte Suprema de Justicia rechazó un planteo de la ANSES y validó un índice más beneficioso para el cálculo de haberes de jubilados que habían iniciado juicio contra el Estado. Y, como anticipó Ámbito Financiero en exclusiva el viernes, derivó al Congreso Nacional la tarea de elaborar un nuevo índice para aplicar a futuros litigios. En soledad, el presidente del máximo tribunal fue el único que avaló la posición de la Casa Rosada a favor del RIPTE como fórmula de cálculo de haberes, pero en un mismo movimiento profundizó su aislamiento jurídico en casos clave. Esa interna terminó por eclosionar ayer mismo en la reunión de acuerdos: por mayoría se resolvió despojar de facultades a Rosenkrantz, cuya presidencia, tras dos meses de mandato, quedó pulverizada más allá de lo protocolar. Desde hoy, la Corte funcionará bajo un nuevo paradigma: los cinco ministros tendrán intervención en todos los sentidos, desde nombramientos hasta licencias, incluyendo la estratégica agenda de resolución de casos.

En lo sustancial el voto mayoritario elaborado por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti se apoyó en el precedente del fallo “Elliff” (2009) para validar el índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) para todos los casos judicializados sobre reajuste de haberes. La ANSES pretendía que se utilice el de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), surgido de la Reparación Histórica. Recibió un brutal revés: la Corte declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de la ANSES N°56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N°1/2018 que extendieron de manera retroactiva la aplicación del RIPTE como método de pago de quienes hubieran iniciado juicio. La cuestión echó por tierra la posibilidad de que el Poder Ejecutivo tenga potestad para fijar ese parámetro. Pero también, la Corte urgió a que “en un plazo razonable” sea el Congreso el que elabore una nueva fórmula aplicable a los litigios futuros que estén por fuera de la Reparación Histórica, que queda fuera del esquema por la renuncia a iniciar juicios de quienes hayan aceptado. Hasta tanto no se elabore un nuevo índice que comience a tener vigencia, todos los juicios deberán pagarse con la fórmula de ISBIC, los actuales y los futuros. Un paraguas. El mensaje político del fallo apuntó a lubricar el engranaje de los tres poderes y los límites a las facultades del Ejecutivo donde debe imponerse el Legislativo. La semana próxima, la Corte estampará el sello “Blanco” en un paquete de 11 mil juicios que están en instancia de la Corte para resolverlos conforme el caso de ayer. Se liberará de igual forma el resto de los litigios en distintas instancias que ya contarán con un precedente doctrinario.

Nada de lo que el Gobierno pretendía. Si se quiere, un mensaje que permitió ver un haz de luz en despachos oficiales fue una proyección política: el cambio de fórmula de actualización de haberes que el Congreso aprobó en diciembre de 2017 para toda la clase pasiva fue elaborado por el legislativo. Esa ley llegó a la Corte con pedido de inconstitucionalidad. Pese al pánico oficial, tampoco se comprometerán más recursos para el pago de sentencias. Anualmente, se compromete un stock de fondos para pagar fallos adversos. La decisión de la Corte arroja una palada de tierra a una eventual reforma previsional que no tenga consecuencias jurídicas.

El cabildeo del ministro de Justicia Germán Garavano resultó ineficaz. Elena Highton de Nolasco acompañó a la mayoría y dejó sólo a Rosenkrantz argumentando que “Elliff” no podía utilizarse como una fórmula específica para el caso; que las resoluciones de ANSES eran válidas porque regular el índice no es privativo del Congreso y que tampoco esto violara derechos adquiridos. El 4 a 1 fue definitivo apenas Highton agregó su apoyo a la mayoría.

Eso dio origen a algo que había estado cocinándose después del malestar surgido por el nombramiento del N°2 de la Procuración del Tesoro, Juan Pablo Laithou, a mediados de noviembre. En medio de fricciones constantes, Maqueda, Rosatti y Lorenzetti decidieron diluir las funciones de Rosenkrantz y dejar su poder convertido en un sello de goma. Las facultades de “superintendencia” quedarán distribuidas entre los cinco ministros. Ya no podrá hacer contrataciones a sola firma, no podrá autorizar renuncias, licencias ni renovaciones de contratos. Tampoco podrá inmiscuirse en el presupuesto de la Corte (que ayer fue validado bajo la gestión de Héctor Daniel Marchi en un 100%, en lo que fue una semana negra para Elisa Carrió, su enemiga). Sus funciones quedaron reservadas a lo protocolar. La agenda de casos ya la había perdido a manos de la tríada que impuso continuarla también en 2019. Todas las decisiones requerirán ahora al menos tres firmas. Lo de ayer fue un golpe político con repercusión en Balcarce 50, que vio deshilacharse la presidencia de Rosenkrantz conforme pasaron estas últimas 8 semanas. Además de un fallo adverso, la Casa Rosada recibió ayer un mini “golpe de Palacio”, en una Corte dinámica que terminó con la era Lorenzetti y diluyó la era Rosenkrantz.

Dejá tu comentario

Te puede interesar