20 de mayo 2013 - 17:51

Presentaron proyecto de ley que prohíbe eventos deportivos sábados y domingos después de las 21

El vicepresidente primero de la Legislatura porteña, Cristian Ritondo, presentó un proyecto de ley que prohíbe la realización de eventos deportivos los sábados y domingos después de las 21:00 en la ciudad de Buenos Aires, se informó ayer.

La presentación de Ritondo se produjo horas antes de que los dos grandes del fútbol argentino, Boca y River expresen mañana por carta ante la AFA su desacuerdo con la iniciativa del programa gubernamental de televisión "Fútbol para Todos" de llevar sus partidos a los domingos a las 21:30.

El proyecto de ley establece que únicamente los clubes de la Ciudad cuyos estadios cumplan con una serie de normativas vinculadas con la seguridad de los espectadores -que deberán disponer de asientos individuales en las gradas- y el impacto ambiental puedan albergar espectáculos deportivos los fines de semana después de las 21:00.

De todos modos, previamente tendrán que gestionar una aprobación municipal.

"Hasta tanto los estadios alcanzados por la presente ley obtengan su habilitación definitiva, la autoridad competente (...) puede permitir su funcionamiento a través de autorizaciones precarias y condicionales, las cuales deben asegurar las condiciones generales de seguridad, higiene y funcionamiento de los mismos", subraya el texto.

"La autoridad de aplicación no puede autorizar la realización de un evento deportivo nocturno que comience luego de las 21:00 horas en dichos estadios los días sábados y domingos hasta tanto no cuenten con la habilitación definitiva de los mismos", agregó el proyecto de ley.

La norma que impulsa el legislador del PRO alcanza a los clubes -por orden alfabético- All Boys, Argentinos Juniors, Atlanta, Barracas Central, Boca Juniors, Comunicaciones, Defensores de Belgrano y Social Español.

En la nómina también figuran Deportivo Riestra, Excursionistas, Ferrocarril Oeste, General Lamadrid, Huracán, Nueva Chicago, River Plate, Sacachispas, San Lorenzo y Vélez Sarsfield.

Para obtener la habilitación definitiva, los estadios de fútbol de estos clubes deben cumplir una serie de mandatos incluidos en la ley porteña de Impacto Ambiental N° 123, según consta en el proyecto.

Pero además, "los estadios de clubes que participen en la Primera A de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) deben contar, antes del 31 de enero de 2014, con el 75% (setenta y cinco por ciento) de la superficie de la graderías provista de asientos individuales, según los parámetros establecidos en el artículo 7.8.1.2.1 del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires, bajo la pena de clausura".

El texto señala que "los/as representantes legales de los estadios de fútbol tienen un plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la reglamentación de la presente ley (un proyecto, por ahora) para realizar la presentación firmal de la solicitud y la documentación para su habilitación definitiva".

"La autoridad competente en materia de habilitaciones y permisos, cumplidos con los plazos establecidos en el artículo 4°, procede dentro de los noventa (90) días hábiles administrativos, a emitir el acto administrativo que disponga la habilitación del estudio de que se trate o en su caso, su rechazo", indicó finalmente el proyecto.

Dejá tu comentario

Te puede interesar