28 de enero 2002 - 00:00

Activos de AFJP, al dólar libre

Los activos en dólares de los fondos de jubilación que no tengan precio de mercado en pesos serán convertidos al tipo de cambio libre, según resolvió la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP).

Así lo determina la Instrucción 10/2002, que en su artículo 1° dispone que «los instrumentos nominados en moneda extranjera que no cuenten con precios de mercado en moneda nacional serán convertidos a esta última (o sea pesos) según lo dispuesto en el punto 2 del artículo 2° de la Instrucción SAFJP N° 27/00».

A su vez, el citado artículo explica que esos activos en moneda extranjera sin valor de mercado en pesos se transformarán en moneda nacional «al tipo de cambio comprador del Banco Nación para transferencias al exterior a la fecha en la que se haga dicha conversión». La medida está en vigencia desde el pasado 15 de enero.

Esto implica que todos los activos financieros (léase bonos, depósitos, acciones, etc.) que estuvieran nominados en dólares deberán ser contabilizados por las AFJP al valor que tenía el dólar en ventanilla a esa fecha.

La medida es justificada en los considerandos de la Instrucción por «la particular volatilidad en que actualmente se desenvuelven los mercados en general y el cambiario en particular, y la incertidumbre sobre las condiciones de refinanciamiento de la deuda pública».

• Inversión

Cabe recordar que buena parte de los activos de las AFJP están invertidos en bonos de la deuda argentina, suma que rondaría los u$s 17.000 millones, y que ahora se pesificarán (a los efectos de la contabilidad de los fondos, y para que los clientes no sufran el «golpe» de ver depreciados sus aportes de manera brutal) al tipo de cambio libre.

Los afiliados al régimen de capitalización poseen cuotas que representan la parte que les pertenece sobre el Fondo de Jubilaciones y Pensiones; el valor de la cuotaparte se determina en forma diaria y depende de la evolución de las inversiones que realicen las AFJP -de acuerdo a lineamientos fijados por las normas vigentes-. Esas inversiones, también en forma diaria, generan derechos de los afiliados que se calculan en función del valor de la cuota.
«Variaciones erráticas en este valor podrían generar situaciones de injusticia e inequidad entre los afiliados y dar lugar a transferencias de riqueza irreversibles», dicen los considerandos. Y agregan que «en las medidas adoptadas prevalece el criterio de prudencia, y se ha dispuesto que la vigencia de las mismas sea transitoria, a la espera de un contexto de mayor certeza en los mercados».

Dejá tu comentario

Te puede interesar