6 de mayo 2002 - 00:00

Adelantaron en cuatro años edad para jubilación

Córdoba - La Legislatura de Córdoba aprobó una reforma de la ley de jubilaciones para trabajadores estatales, adelantando en cuatro años la edad requerida para la jubilación.

Con la nueva normativa, los hombres podrán jubilarse a los 58 años y las mujeres a los 55, en tanto que para los docentes esas edades se reducen a 54 y 50 años, respectivamente.

De este modo se repone la vigencia de la Ley 8.024, que regía antes del incremento de los topes de edad por Decreto 1046, y se mantiene la vigencia del requisito mínimo de 30 años de aportes para acceder el retiro.

En tanto, los afiliados que contabilicen 20 años de servicios con aportes, podrán optar retirarse abonando a la Caja de Jubilaciones y Pensiones los diez años faltantes.

La norma sancionada el viernes pasado, que permitirá el retiro de unos 9.500 trabajadores de la provincia y alrededor de 5.000 de los municipios
fue aprobado con el voto de la oficialista Unión por Córdoba (UPC), coalición encabezada por el PJ, de los legisladores radicales Juan Carlos Bocco, Gladys Gonzalo y Héctor Dulla, y por parte del bloque vecinalista.

Por el rechazo se pronunciaron la mayoría del bloque radical, la Alternativa para un República de Iguales (ARI), Izquierda Unida y parte del vecinalismo.

• Medida

Cabe recordar que en 1995, durante la gestión del entonces gobernador Ramón Mestre, buscó sanearse el déficit que presentaba la Caja de Jubilaciones de la provincia y, entre las medidas dispuestas, se estableció subir la edad, bajar los montos de las jubilaciones, quitar validez cuando los aportes se extendieran más allá de los treinta años.

Por otra parte, también se aprobó la nueva ley de suplencias docentes, luego de modificarse el proyecto original que había generado el rechazo de los distintos gremios del sector, entre ellos la Unión Educadores de la Provincia (UEPC), que nuclea a la mayor cantidad de maestros públicos y privados.

El punto más conflictivo de la iniciativa se refería a la eliminación de licencias remuneradas para personal suplente, el que luego de un acuerdo con lo gremios gozará de licencias de hasta 30 días por año.

La ley salió con las excepciones de las enfermedades inculpables y algunas flexibilizaciones vinculadas a días adicionales por matrimonio (6), muerte de cónyuge, padres o hijos (8), fallecimiento de hermanos (3) y nacimiento de hijos (2), casos éstos en los que no corre el plazo de 30 días.

La nueva ley de suplencias contaba con dos despachos, ambos del bloque de UPC. Uno contemplaba el acuerdo con el gremio y el de mayoría contenía la letra proveniente del Ejecutivo.

Tras largas horas de negociación y con la presencia del fiscal de Estado,
Domingo Carbonetti, el denominado Grupo de los 10 del bloque de UPC logró imponer las modificaciones que reclamaba el gremio y el proyecto se convirtió en ley con el apoyo de radicales, vecinalistas y también el ARI.

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