La Justicia rechazó este martes una medida cautelar solicitada por MSU Energy para dejar sin efecto el aporte extraordinario y consideró que la empresa "no ha acreditado sumariamente la existencia de un daño patrimonial".
Rechazan una medida cautelar contra el aporte extraordinario
Había sido solicitada por MSU Energy. La Justicia consideró que la empresa "no ha acreditado sumariamente la existencia de un daño patrimonial".
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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal remarcó que "no se encuentran reunidos los recaudos que justifican el dictado de la medida que se solicita".
"Lo cierto es que en el supuesto bajo análisis no se advierte que se haya logrado acreditar, con el debido sustento, la verosimilitud del hecho involucrado", afirma el fallo.
En otro pasaje, afirma que "la cuestión reviste una entidad de por sí compleja, sustentada en cuestiones de carácter fáctico-jurídico, sobre las que no cabe pronunciarse en el restringido marco de conocimiento propio de un proceso cautelar".
Por último, la Justicia dictaminó: "Se acreditó que la actora no ha acreditado sumariamente la existencia de un daño patrimonial de tal entidad que por su gravitación económica resulte de insusceptible reparación ulterior".
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