7 de abril 2003 - 00:00

Ayuda el BCRA a empresas morosas

Las empresas con deuda inferior a los $ 5 millones que les dejaron de pagar a los bancos durante el gobierno duhaldista recibieron ya una ayuda especial del Banco Central. La autoridad monetaria dispuso que las compañías morosas tendrán un esquema mucho más benigno de calificación de deudores, lo que en muchos casos las dejará automáticamente habilitadas para volver a ser sujetos de crédito en el sistema financiero.

Además, se dispuso que todas las compañías en situación morosa podrán ser refinanciadas con un plazo de hasta seis años, y se elimina, incluso, la necesidad de presentar garantías adicionales para conseguir semejante beneficio.

• Extensión

Esta norma se aplica a compañías que hayan entrado en mora con el sistema financiero entre el 1 de diciembre de 2001 y el 31 de marzo de 2003. Su extensión es transitoria y se prolongará sólo hasta el 31 de diciembre de 2003.

La medida la dio a conocer el BCRA a través de la Comunicación «A» 3.919, que en 56 páginas establece el nuevo esquema de clasificación de deudores, graduación del crédito y capitales mínimos de las entidades financieras.

• Calificación

Allí se dispone que las compañías serán calificadas de acuerdo con el nivel de atraso con los bancos. Claro que el régimen será mucho más flexible que el vigente para la cartera de consumo. Para que una empresa pase de categoría 1 (cumplimiento normal) a la 2 (en observación y cumplimiento inadecuado) deben transcurrir 90 días, contra apenas 30 de la vigente para los créditos a individuos. «Se deberá computar un día de mora por cada 3 de atraso efectivamente transcurrido» en los casos contemplados, señaló el Central.

También se incluye en la norma a los préstamos personales tomados por titulares de empresas en cuyo destino se haya aclarado que era para actividades productivas.

Los deudores que sean refinanciados bajo esta modalidad podrán conseguir una mejora inmediata en su clasificación en categorías de niveles superiores cuando la totalidad de la deuda comprendida haya ingresado en la negociación.

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