Buscan acuerdo para tratar el Presupuesto
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Así, en el artículo 13 del proyecto se faculta «al jefe de Gabinete a disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la presente ley, sin sujeción al artículo 37 de la Ley Nº 24.156».
Este artículo y ley citados al final son nada más y nada menos que donde la Ley de Administración Financiera del Estado señala que sólo el Congreso Nacional puede fijar el nivel máximo de gasto y su destino, la prohibición de destinar gastos de capital a gasto corriente -por ejemplo, aumento de sueldos o nuevos empleados públicos- o en cuánto se endeudará el Estado ese año.
Ya existe consenso en Diputados en reducir semejante delegación de facultades en el Poder Ejecutivo, el problema que discutirán hoy los legisladores es hasta dónde se podan esos superpoderes.
• Dentro de la extensa lista de temas hay otro conflicto. En el artículo 18 del Presupuesto 2004 se fijó que el Congreso sólo podrá utilizar los fondos excedentes de su presupuesto -es decir, lo que se ahorre durante el año- con una autorización del jefe de Gabinete. Este último requisito nunca se había incorporado a una ley de presupuesto.
• Por último, los diputados encontraron otra paradoja en el proyecto. En otro artículo se suspende el famoso fondo anticrisis, creado durante el gobierno de Fernando de la Rúa, justo el año en que el Estado podría hacer ese ahorro gracias al superávit presupuestario.
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