6 de noviembre 2001 - 00:00

Confirmado: habrá cuentas en LECOP

Los bancos ya están autorizados a abrirles a los ahorristas cuentas en LECOP, pero sólo podrán recibirlos por cuenta y orden de terceros en «cuentas de custodia a la vista». Por lo tanto, estas cuentas no pagarán tasa de interés a sus titulares.

El Banco Central emitió ayer la Comunicación «A» 3.354, en la que establece las características que tendrá el tratamiento de los nuevos títulos en la banca. En ese sentido, recordó que los LECOP «no integrarán el activo ni el pasivo del estado de situación patrimonial de las entidades».

También se autoriza a las entidades a recibir LECOP -en las proporciones y condiciones que determinen- para el pago de préstamos personales, hipotecarios para vivienda y prendarios. Quedan expresamente afuera de esta alternativa los pagos de la tarjeta de crédito, que deberán realizarse en efectivo.

Como condición para poder cancelar parte de los créditos con los títulos el deudor tendrá que demostrar que es tenedor primario de los títulos.

• Límites

Además, el Banco Central también puso límites para la tenencia tanto de LECOP como de patacones que pueden tener las entidades, al señalar que la suma de ambas no podrá exceder 2,5 por ciento de la Responsabilidad Patrimonial Computable de cada entidad.

Los LECOP quedan excluidos de las disposiciones sobre limitaciones en materia de financiamiento al sector público no financiero.

En las próximas horas se espera que el Central dé a conocer la reglamentación para la creación de una suerte de chequeras que permitirán girar contra LECOP. Se trata de órdenes de pago que el público podrá utilizar para -entre otras cosas- pagar impuestos nacionales a la DGI. No tendrá que ir con los títulos en la mano, sino que alcanzará con estas novedosas órdenes.

Para que estas transferencias se puedan realizar entre una cuenta y otra, las cámaras compensadoras del sistema se ocuparán de efectuar las operaciones, tal como si se tratase de efectivo.

Además, para los LECOP regirá la misma prohibición que con el efectivo: no se podrán cancelar operaciones con estos títulos cuando la cifra supere los u$s 1.000. Sí, en cambio, se aceptarán las órdenes de pago.

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