23 de febrero 2001 - 00:00

Corte hizo ahorrar u$s 800 millones

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló ayer a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y estableció la constitucionalidad del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP) para los ejercicios fiscales cerrados a partir del 31 de diciembre de 1998.

Con esta medida, el máximo tribunal de la Nación dio una buena noticia para las castigadas cuentas públicas, ya que el fisco se salvará de pagar aproximadamente 800 millones de dólares a diferentes sociedades por haber cobrado ese tributo. Sin embargo, representa una mala novedad para los contribuyentes, además de provocar una jurisprudencia peligrosa para el sistema impositivo.

En concreto, la Corte admitió la interpretación y aplicación que realizó la AFIP de la Ley 25.063, a través del Decreto 1533/98 y la Resolución General 328/99 (AFIP), dictadas en su consecuencia. Al resolver así, revocó la decisión de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que en un amparo promovido por Georgalos Hnos. SAICA había declarado inconstitucionales los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron el cobro del impuesto para los ejercicios fiscales mencionados.

Apelación

Luego el organismo que ahora dirige Héctor Rodríguez, pero cuando aún era comandado por Carlos Silvani pero dentro de la gestión de Fernando de la Rúa, apeló la medida ante la Corte. Calculan en el organismo recaudador que si en lugar de fallar a favor de la AFIP los jueces le daban la razón a los empresarios, el fisco debería pagar aproximadamente 800 millones de dólares correspondientes a lo que se recaudó por este impuesto durante el período '98. Esta suma ni siquiera estaba calculada dentro del Presupuesto 2001 con lo cual, si la Corte hubiera fallado en contra del fisco, aumentaría el déficit fiscal, complicando aun más la muy difícil situación del sector público.

En otras palabras, de los 6.500 millones de dólares pactados para este año, el desequilibrio hubiera llegado a u$s 7.300 millones.

Desde este punto de vista la noticia es buena, más si se tiene en cuenta que hubiera sido anunciada ayer en medio de otra crisis financiera para la Argentina.

Sin embargo, para los contribuyentes la novedad es mala desde dos aspectos.
En primer lugar, las empresas estaban convencidas de que la aplicación de este tributo en el '98 era ilegal, y muchas presupuestaron los juicios contra la AFIP como ganancias futuras. Los 800 millones de dólares que ahora se ahorra el Estado hubieran sido distribuidos en más de 3.000 empresas que declararon este tributo en el '98

El segundo motivo de preocupación por el fallo de la Corte Suprema es jurisprudencial.
El Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta fue una creación del equipo económico de Roque Fernández, lanzada y aprobada a comienzos del '98 para ser cumplida en el ejercicio '99.

Ahora la Corte avala la aplicación del tributo un ejercicio antes con lo cual muchos abogados constitucionalistas y contadores consideran que se abre una puerta para modificar hacia atrás la aplicación de impuestos con retroactividad.

Llevando este caso al extremo, se podrían aumentar las alícuotas de Ganancias e IVA a ejercicios anteriores, si la Corte Suprema lo avala.

Tributo extra

En realidad, la aplicación de IGMP hacia atrás no fue la única experiencia de este tipo en los últimos años. José Luis Machinea, dentro de su «impuestazo» lanzado en diciembre del '99 a horas de asumir (medida que para muchos es la causa de la perdurabilidad de la recesión en la Argentina), tuvo como uno de los capítulos la aplicación del tributo extraordinario a las altas rentas» por el cual los contribuyentes que hayan ganado más de 120.000 pesos debieron tributar un extra de 20% por sobre la tasa normal.

Este impuesto se aplicó también sobre las ganancias del '98, lo cual habría violado el principio de no retroactividad de los impuestos. Igualmente en este caso no hubo protestas legales por parte de ningún contribuyente.

El IGMP es probablemente, junto con el tributo a los intereses para los créditos empresarios (también creado en la reforma de R. Fernández), el impuesto más criticado por los empresarios.

Unánimemente todas las cámaras que se fueron presentando en las reuniones llamadas por el jefe de Gabinete, Chrystian Colombo, para reformar el sistema tributario, reclamaron la eliminación de ambos tributos, asegurando que son los dos más distorsivos del sistema impositivo argentino a nivel nacional.

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